Expediente de queja número: 46/00.Quejoso: Luis Camilo Rivera Méndez Idioma: castellano. Tipo de violación sufrida: Irregularidades en la integración de la averiguación previa. Lugar de los hechos: Tlapa, Guerrero. Autoridad señalada como responsable: Agente Auxiliar del Ministerio Público del Fuero Común de Tlapa, Gro. Fecha de interposición de queja: 28 de marzo del 2000. Descripción del caso: En la fecha señalada compareció ante nosotros el C. Luis Camilo Rivera Méndez, originario y vecino de esta ciudad de Tlapa, solicitando nuestra intervención en razón al no ejercicio de la acción penal por el delito de homicidio en grado de tentativa dentro de la averiguación previa número MOR/SC/02/068/2000; además de que comentó tergiversaron los términos de su declaración ministerial. H e c h o s: Refirió que con fecha 7 de marzo del año 2000, el señor Luis Camilo compareció a la agencia del ministerio público del fuero común del distrito judicial de morelos, con residencia en esta ciudad, atendiéndolo el licenciado Jesús Castrejón de la Cruz, en su carácter de agente auxiliar del ministerio público, para interponer formal denuncia por el delito de homicidio en grado de tentativa y querella por el delito de daños, cometidos en su agravio y en contra de Odilón Rosas Torres, Rosendo Larios Rosas y otros, hechos ocurridos en esta misma ciudad, iniciándose al efecto la averiguación previa número MOR/SC/02/068/2000. Seguido el trámite, con esa misma fecha el compareciente rindió su declaración ministerial en su carácter de agraviado. Asímismo, con fecha ocho de marzo del presente año, el agente Ministerial en Turno acuerda diligencia de Inspección Ocular a su domicilio para dar fe de los daños ocasionados y para el perfeccionamiento de la indagatoria de mérito; con esa misma fecha se gira el oficio número 0362 al perito en materia de avalúo adscrito a esa Procuraduría para realizar el avalúo de los daños causados a su domicilio. Para el día quince de marzo del año en curso, el referido agente auxiliar del ministerio público, abre nuevamente actuaciones y determina remitir por duplicado sus actuaciones al C. juez de primera instancia del ramo penal del distrito judicial de morelos, ejercitando acción penal, reparación de daños y perjuicios y en contra de Odilón Rosas Torres, Rosendo Larios Rosas y otros, como probables responsables en la comisión del delito de daños, cometido en agravio de Luís Camilo Rivera Méndez, solicitando el libramiento de la orden de aprehensión, dejándose abierta la averiguación previa en que se actúa para proseguir con las investigaciones por cuanto hace a otros posibles delitos y a otros posibles inculpados; remitiéndose desglose a las autoridades correspondientes de esa Procuraduría, sin que se ejercitara acción penal por el delito de homicidio en grado de tentativa. El quejoso consideró que la determinación emitida por el ministerio público, en específico el no haber ejercitado acción penal en contra de los inculpados por el delito de homicidio en grado de tentativa, le causa agravios, pues la misma carece de razonamientos lógico-jurídicos, al no haber entrado en estudio la representación social sobre el delito de homicidio en grado de tentativa, y sin que haya valorado, estudiado y analizado el cúmulo de argumentos que demuestran la consumación de dicho delito lo que según el quejoso causó agravio a su derecho de acceso a la justicia. Del estudio realizado al expediente de que se trata, se observaron algunas irregularidades en la integración de la averiguación previa respectiva, por lo que se solicitó la intervención del Procurador de Justicia en el Estado, a través de un escrito de inconformidad para efectos de subsanar las deficiencias presentadas. La inconformidad aún está en trámite en la Procuraduría de Justicia. |