INFORME
Misión Civil De Observación Y Diagnóstico, Ultimos hechos.
San Juan Maninaltepec o La Ermita, Santiago Choapam, Oaxaca
3 de mayo 2001
México, D.F.
“Cuando vino el señor Cesar González, a la agencia cuando apenas él llegó, nosotros lo citamos y le hablamos, y dijo: yo vengo aquí porque aquí es mi tierra y aquí voy a estar y aquí ustedes van a hacer lo que mando yo, y nosotros le dijimos que ya no es tiempo de que nos vengan a mandar, sino que nosotros tenemos que defender nuestro derecho. ¿Cómo va a venir a mandar alguien si ni lo conocemos? “Y ahora el recurso de ellos es que compran al Ministerio Público para que lo turne ante el juez para solicitar la orden de aprehensión de unos cuantos que alzamos la voz, para hacer entender a las autoridades los que a nosotros nos pasa, lo que nos hacen, las represalias que hemos vivido, pero no hay delito a perseguir, no hay investigación de los hechos. No los estamos despojando de ningún terreno como dicen, porque ellos no son originarios de aquí. Se sienten despojados pero la labor que hacemos es la red de agua potable, la cancha que pertenece a la escuela, la red de la energía eléctrica. Nadie los está despojando porque es nuestra tierra donde están viviendo, donde hacemos nuestra vida y la de nuestros hijos. Nosotros vivimos de la tierra y de ahí tenemos que comer.... ¿si nos quitan nuestra tierra cómo vamos a mantener a nuestra familia?
La ermita Maninaltepec, 30 Marzo2001
San Juan Maninaltepec o La Ermita, Santiago Choapam, Oaxaca
La comunidad zapoteca de San Juan Maninaltepec o La Ermita es una localidad de alto grado de marginalidad ubicada entre la región mixe y chinanteca. Tiene aproximadamente 200 habitantes, en su mayoría jóvenes entre 15 y 40 años. La comunidad carece de servicios médicos y de transporte teniendo que caminar hasta 5 o 6 horas hacia el Municipio de Santiago Choapam para poder acceder a estos servicios. La Ermita se encuentra en un clima tropical húmedo en el que se desarrolla la selva baja, sin embargo, dicha riqueza se ha ido perdiendo.
La historia de La Ermita es caracterizada por la presencia de un gran cacicazgo encabezado por la familia Díaz Grijalva, que durante años ha intentado apoderarse de sus tierras y mantener el control político - económico de la comunidad. Como parte de esto, en la actualidad se continúan violando sus derechos:
El 28 de octubre del 2000 se llevaron a cabo, en Asamblea Comunitaria, las elecciones por usos y costumbres en San Juan Maninaltepec nombrándose a las autoridades que estarían durante el periodo 2001 – 2003. De acuerdo a lo que exponemos posteriormente en el sustento jurídico, dichas personas debían ser reconocidas por el Presidente Municipal. [1] , siendo el cambio de la autoridad saliente el día 2 de enero del 2001, sin embargo, el Presidente Municipal de Santiago Choapam, no dio el nombramiento correspondiente. Al contrario, posteriormente, se llevaron a cabo diversas reuniones con las autoridades sin que el problema se resolviera debido a la inclinación de éstas por una de las partes y al énfasis en intentar imponer a una persona definida por el grupo caciquil dentro de las autoridades que deberían ser electas nuevamente.
Detrás de la violación de libre determinación del pueblo se encuentra la disputa por la tierra entre el título primordial de la Comunidad la Ermita Maninaltepec y el título de pequeña propiedad perteneciente a los Díaz Grijalva quedando cuatro mil cuatrocientas hectáreas (que es la superficie completa de la comunidad) en litigio. De acuerdo a testimonios de personas de la comunidad, la familia Díaz Grijalva pretende desplazar a sus habitantes a la Loma Carrecillo donde se carece de servicios y camino quedando a más de tres horas caminando [2] . Durante el tiempo en el que existe la disputa por la tierra, como forma de provocación, los Díaz Grijalva han puesto una cerca que abarca 700 hectáreas imposibilitando a la comunidad acceder a sus recursos y sembrar negándoles su derecho a la alimentación y el desarrollo. El peligro de ello es, que ante la temporada de siembra que se aproxima, esto puede generar que la comunidad entre a sus tierras teniendo graves consecuencias.
Por lo anterior, varias organizaciones civiles nos propusimos realizar una Misión Civil de Observación y Diagnóstico los días 29, 30 y 31 de marzo del 2001, con el fin de registrar y documentar los hechos violatorios a los derechos humanos que se han mencionado brevemente. En dicha Misión asistieron el Centro de Derechos Indígenas “Flor y Canto” A.C., La Red Oaxaqueña de Derechos Humanos, el Movimiento Ciudadano por la Democracia y el Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez” A.C. Cabe señalar, que este asunto se ha dado a conocer a Amnistía Internacional y a otros organismos internacionales con el objetivo de garantizar la protección de la comunidad.
En lo siguiente exponemos la observación realizada en el sitio; así como, las entrevistas y testimonios levantados señalando algunos derechos que han llamado nuestra atención.
El cacicazgo en San Juan Maninaltepec data desde 1913 con el arribo de la familia Díaz Grijalva. Dichas personas provenían de Villa Hidalgo Yalalag y se asentaron en 10 hectáreas (las cuales fueron manifestadas en 1914). Por su parte, los comuneros son descendientes de San Juan Roavela – pueblo que existe desde 1718 -. A partir de la llegada de los Díaz Grijalva, la comunidad fue regida bajo un sistema de explotación que, de acuerdo a los habitantes de San Juan Maninaltepec, se basaba en la servidumbre, la esclavitud y el despojo:
“Antiguamente muchos se fueron porque les quitaron sus tierras, otros se sometieron a ser sus sirvientes bajo un sueldo muy bajo, malos tratos, obligándolos a trabajar forzosamente bajo sus órdenes, los hacen trabajar y no les pagan, los emborrachan y abusan de las mujeres. Se someten para sostener a su familia. Antes si no trabajaban para ellos se metían a sus casas y los golpeaban, o los corrían o les quitaban todo lo que tenían. La mejor cosecha se la tenían que dar a esos señores y no tenían derecho a vender sus productos a otras personas, sólo a ellos. En ese tiempo era para Raúl Díaz. Ahorita hay compañeros que trabajan para ellos, “bajo sus órdenes, y de sol a sol, se van amaneciendo y ya regresan en la tarde. “Esos señores pagan mejor”. “Nosotros no podríamos pagar a un compañero lo que pagan ellos”. [3]
“Hay un cafetal, cuya tierra la trabajaba anteriormente el Sr. Lucio, quien fue despojado por los Díaz. Tiempo después el señor se fue, dejando su siembra, “salió para no pelearse”. [4]
Como se observa a partir de los testimonios en dicha localidad existe un sistema basado en la discriminación, el sometimiento económico y social donde la persona – en especial las mujeres de la comunidad, fueron degradadas gravemente y con ello, el tejido comunitario. Frente a esto, ha quedado la resistencia de las comunidades y el desplazamiento / migración de sus integrantes a otras localidades [5] .
Actualmente los Díaz Grijalva llevan 700 hectáreas acordonadas con un alambre de púas metiendo ganado que provoca la destrucción de las plantas que tenían los miembros de la comunidad además de acelerar la pérdida de la selva baja. [7] Durante el recorrido de la Misión Civil de Diagnóstico y Observación los comuneros nos señalaron que parte del objetivo de la familia Díaz Grijalva es desplazar a la comunidad a Loma Carricillo, un lugar que se establece en la montaña y que no cuenta con ningún servicio. Además, el desarrollar labores en este espacio implicaba el tener conflictos con las comunidades vecinas. Este problema de tierras se encuentra en trámite en el Tribunal Agrario
“Dicen (los Díaz) que nos quieren correr de allá y toda la obra que se está haciendo va a ser para casa de ellos”. La intención de los Díaz es desplazarnos hacia el cerro “Loma Carricillo” y generar un conflicto entre dos comunidades, al “donar” un pedazo de tierra -que no les pertenece- en el que trabajan comuneros de Cerro Progreso –terreno comunal de San Juan Lalana y colindante con Maninaltepec-. “Nos quieren echar a pelear con esa gente”. [8]
La comunidad de San Juan Maninaltepec o La Ermita tiene una extensión de 4,400 hectáreas la cual se respalda por el Título Primordial de 1718. Es hasta 1913 cuando la familia Díaz Grijalva presume el ser pequeños propietarios de dichas tierras.
La situación que vive la comunidad de San Juan Maninaltepec o la Ermita se agudizó en 1996, tiempo en que la comunidad logró restituir el procedimiento agrario a su favor en el expediente (77/96), siendo que un Magistrado del Tribunal Unitario Agrario de Tuxtepec había sentenciado a favor de los Díaz Grijalva en épocas anteriores.
Actualmente, los Díaz Grijalva han invadido 700 hectáreas de las tierras donde siembran sus milpas y tienen sus árboles frutales. En los últimos días han acelerado el alambrado (tan solo el jueves 28 de marzo avanzaron aproximadamente un kilómetro). Es preocupante que los miembros de la comunidad ni siquiera puedan empezar sus labores de labranza para la próxima temporada de siembra, por el temor de entrar a sus propias tierras que están rodeadas por alambres de púas.
El alambrado es un acto ilegal debido a que la disputa por la tierra entre la pequeña propiedad y la propiedad comunal se encuentra en litigio, por lo que ninguna persona puede impedir el paso a la misma atribuyéndose la propiedad. Por otra parte la familia DIAZ GRIJALVA esta violentando los Derechos de la comunidad tipificados en nuestra Carta Magna en su artículo 4º, párrafo 1º, el 27 fracción VII; Artículo 16 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo en su parte II, artículo 14.
Además, a partir de junio 1999, la comunidad se ha venido enfrentando a la falta de alimentos, pues desde esa fecha no han podido acceder a sus tierras hasta la fecha.
Uno de los resultados obtenidos por la Misión Civil de Observación [9] , fue la entrevista de varios personas afectadas por el despojo de sus tierras, información que se aprecia en los siguientes cuadros. En éstos de puede observar, la extensión de tierra que poseían para el cultivo de maíz, fríjol, frutas y hortalizas, el costo unitario al cual se cotizaba en el mercado doméstico y el ingreso anual que obtenían en la venta.
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Nombre dueño de la tierra y n°. de miembros de la familia |
N° de hectáreas |
Toneladas/kg |
Costo unitario ($) |
Costo total anual ($) |
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1 1/2 ha. de maíz ½ ha. De fríjol Calabaza |
3 / 4 tons. 800/1000 kg. 60 kg. |
2.00 por kilogramo 10.00 2.50 |
8,000 10,000 1,500 total 19,500 |
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Efrén Martínez González, 8 miembros en la familia |
4 ha. de maíz ½ Caña |
7/8 tons. 400 kilogramos |
2.00 por kilogramo 5.00 por kilogramo |
16,000 2,000 total:18,000 |
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Jacinto Ascencio Estrada, 3 miembros de familia |
1 ha de caña /panela ½ ha. De fríjol |
800 kilogramos 1 ton. |
5.00 por kilogramos 10.00 por kilogramo |
4,000 10,000 total: 14,000 |
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Juan Ascencio Estrada, 5 miembros de familia |
1 ha. de maíz |
2 tons. |
2.50 por kilogramo |
5,000 total: 5,000 |
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Braulia Biriesca, 5 miembros de famila. |
1 ha. De caña, chile, maíz y jitomate. Consumo familiar |
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Juan Maldonado, 6 miembros de familia |
1 ha. De caña /panela |
800 kilogramos |
5.00 por kilogramo |
4,000 total: 4,000 |
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Félix Manzano Hernández, 4 miembros de familia |
1 ha. De caña / panela ½ plátano |
800 kilogramos 200 kilogramos |
5.00 por kilogramo 1.00 por kilogramo |
4,000 200 total: 4,200 |
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Bernardo Díaz Estrada |
4 ½ de maíz |
8 tons. |
2.50 por kilogramo |
20,000 total: 20,000 |
Fuente: entrevista el 30 de marzo de 2001, por la Misión Civil de Observación.
Si tomamos una sola familia, por ejemplo Apolinar Díaz Yescas, que en 1999 dejo de percibir $19,500; para el año 2000, $39,000, suponiendo que el precio de las materias primas no tuvieron incrementos, y para el 2001 $58,500. Una tercera parte de la producción era destinada al consumo familiar y la restante para el comercio.
Debido a esta situación, un hombre de cada tres familias se ha visto obligado a emplearse en otras tierras como peones, ganando un salario diario de 50 pesos; otros han emigrado a la ciudad de Oaxaca a emplearse como albañiles; unos más hacia los estados del norte del país, en época de pizca o cosecha de tomate y otros hacia los Estados Unidos, específicamente al estado de Carolina del Norte, en donde se desempeñan como cocineros en restaurantes o como peones en aserraderos.
Personas afectadas por el cierre de acceso a sus tierras/abril de 2001
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Nombre dueño de la tierra y n°. de miembros de la familia |
N° de hectáreas |
Toneladas/kg |
Costo unitario ($) |
Costo total anual ($) |
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Efrén Martínez González, 8 miembros de familia |
3 ha. De maíz 5 ha. de monte sin sembrar |
6 tons. |
3.00 por kilogramo |
18,000 Total: 18,000 |
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Celestino Díaz Chávez |
3 ha. De maíz ½ ha. de árboles frutales. Consumo familiar 1 ha. de milpa Consumo familiar |
6 tons. |
3.00 por kilogramo |
18,000 Total: 18,000 |
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Gaudencio Díaz García |
2 ha. De maíz ¼ ha. de piña y plátano Consumo familiar ¼ ha. de milpa consumo familiar |
4 tons. |
3.00 por kilogramo |
12,000 Total: 12,000 |
Fuente: entrevista el 30 de marzo de 2001, por la Misión Civil de Observación.
El Estado Mexicano, dentro de la Constitución Política está obligado a garantizar la alimentación de la población; ha firmado y ratificado convenios internacionales, en donde se compromete a cumplir tal tarea; sin embargo, como se puede apreciar en esta caso por omisión o por acción esta violando leyes. De la misma forma viola la Ley General de Salud capítulo III, título séptimo, artículos 114 y 115, referentes a la nutrición, en las fracciones I y II; la Ley de Distritos de Desarrollo rural, Artículo 2 Fracción I. La Declaración Universal de Derechos Humanos, artículo 25.1, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre , la Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Artículo 11.1)
El 28 de octubre del 2000 hubo elecciones por usos y costumbres en San Juan Maninaltepec resultando electos el Señor Ildelfonso Santiago como propietario de la Agencia Municipal y, como suplente Pedro Chávez Castro, como Primer Topil, el Sr. Marcelino Estrada Castro, Segundo Topil, Felix Manzano Hernández, Tesorero, Aquilino Díaz Dionisio, como Secretario Efren Martínez González, para el periodo 2001 – 2003. Como era de costumbre en la comunidad, el 2 de enero del 2001 fueron a la Presidencia Municipal para solicitar el nombramiento, sin embargo, el Presidente municipal de Santiago Choapam HIPOLITO GONZÁLEZ BAUTISTA no dio el reconocimiento.
Ante la actitud del Presidente Municipal de Santiago Choapam, Oaxaca, la comunidad acudió al C. Delegado de Gobierno en Ayutla, Mixe, cuya jurisdicción administrativa comprende el Municipio de Santiago Choapam, Oaxaca y al C. Sub-Secretario de Desarrollo Municipal del Estado de Oaxaca, ingeniero JOAQUÍN RODRÍGUEZ PALACIO, para buscar una solución a la situación y para subsanar la omisión de la autoridad municipal, entregando la acreditación correspondiente para convalidar la utilización del sello de la Agencia.
A raíz de que no se ha reconocido la elección comunitaria ha habido varios encuentros, en los cuales las autoridades han señalado que la única solución es que se realice de nuevo la Asamblea y se elija a una de las personas propuestas por la familia DÍAZ GRIJALVA. De forma contraria, la comunidad ha señalado que se debe respetar el derecho de la comunidad a la elección y, que no tienen por qué aceptar colocar a alguien que no ha sido electo por ellos mismos. Por la parte gubernamental, no sólo ha habido la intención de que se incorpore a una persona propuesta por dicha familia, sino que ha amenazado a la comunidad con quitarle el sello de la Agencia y retirarles sus recursos. [10] Lo anterior fue constatado por los diversos organismos de derechos humanos que han acompañado a los representantes de la Ermita Maninaltepec en las mesas de diálogo, efectuadas en la Subsecretaría de Desarrollo Municipal [11] . Aumentado a esto, existe la presión de tener diversas órdenes de aprehensión por delitos que ellos desconocen.
El 21 de febrero los representantes de la comunidad, acompañados por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro y el Centro de Derechos Indígenas “Flor y Canto”; constataron cómo las autoridades gubernamentales antes mencionadas manifestaron verbalmente que estaban en desacuerdo con la postura de la Comunidad por lo que determinaron, sin expedir acuerdo escrito alguno, “cortar toda la ayuda económica que a través de los programas estatales y federales se destinan a esa Agencia". Además de manera violenta retiró las acreditaciones a las autoridades de la Agencia Municipal salientes.
Ante tal amenaza, la comunidad presentó una solicitud para que les fueran entregados los recursos del Fondo IV de Fortalecimiento Municipal (FORTAMUN), perteneciente al Ramo 33 de la Federación, por la cantidad de 12,000.00 pesos. Dicho recurso está destinado para terminar la casa de los maestros que ocupan el plantel educativo de la comunidad. El monto destinado debió haber llegado a principios de este año, sin embargo, hasta el día de hoy, '' no se ha notificado ningún avance al respecto.
Cabe mencionar, que la comunidad se encuentra preocupada pues las autoridades han boletinado el sello de la Ermita para que sean retirados los recursos de la Federación.
Con lo anterior, afirmamos que cortando los apoyos y el acceso a los programas Federales y Estatales de combate a la pobreza, si dejan sin representantes para gestionar los servicios y conducir las acciones conjuntas que la comunidad realiza a favor de su propio desarrollo, jamás llegará la justicia social ni se respetarán los derechos señalados actualmente en el marco jurídico [12] . Los hechos descritos no sólo impiden el ejercicio de la libre determinación del pueblo zapoteca de la Ermita Maninaltepec, sino el desarrollo de los derechos económicos, sociales y culturales.
Además de las presiones mencionadas, la comunidad ha sufrido amenazas y lesiones por parte del grupo de los Díaz Grijalva con el fin de que cedan su derecho a la tierra y libre determinación. [13] Las autoridades con su participación y/o aquiescencia han permitido una política de discriminación donde agentes caciquiles gozan de la cobertura del Estado para seguir marginando a los pueblos indígenas.
Los actos de autoridad señalados violentan la estructura local de gobierno de la comunidad zapoteca. La Misión Civil de Observación señala que las siguientes autoridades han vulnerado los derechos de los pueblos indígenas:
a) el Presidente Municipal de Santiago Choapam,
b) el Delegado de Gobierno en Ayutla Mixe,
c) el Sub-Secretario de Desarrollo Municipal del Gobierno del Estado y
d) el Gobernador del Estado como jefe de éstos dos últimos.
Dichas violaciones a los derechos humanos se han llevado a cabo de la siguiente forma:
a) El primero es la falta de reconocimiento de estas autoridades de la personalidad jurídica como entidades de derecho público, derecho al que se explícita en la ley reglamentaria.
b) El segundo tiene que ver con la falta de reconocimiento y el ataque a las formas de organización social, política y de gobierno, de los sistemas normativos y de elección internos.
c) Por último, al negar la posibilidad a la comunidad de la Ermita o Maninaltepec de contar con sus propias autoridades, estos derechos que según la constitución estatal “serán ejercidos directamente por las autoridades de los pueblos y comunidades indígenas o por quienes legalmente los representen”, quedan como simples declaraciones pues no se tiene una representación directa para ejercerlos.
Cabe señalar también que en la Misión Civil de Observación y Diagnóstico (MCOD) constatamos que la Comisión Estatal de Derechos Humanos, a pesar de haberle solicitado las medidas cautelares pertinentes y su intervención para la protección de la comunidad no ha respondido, por lo cual, la comunidad acudiría a la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Ultimos Actos de Violencia Cometidos en Contra de la Comunidad:
El día viernes 13 de abril salió el señor Apolinar Diaz Yescas de la capilla junto con su familia para ir rumbo a su casa. Afuera estaba el señor que se llama Jorge González Díaz, hermano de Cesar González Díaz, el cual empezó a provocarlo diciendo "ahora si te voy a partir la madre", como el Sr. Apolinar no le hacía caso, entonces el Sr. Jorge se aventó de donde estaba a la carretera y luego lo agredió aventándole un pedazo de anona que estaba comiendo. Dicha persona siguió agrediéndolo verbalmente. [14]
Se juntaron varios integrantes de la familia Díaz Grijalva entre ellos estaban dos personas de la comunidad que trabajan para la familia Diaz Grijalva de nombres Eugenio Yescas Estrada, Hipolito Yescas Estrada, Genaro Yescas Pacheco, Martin Yescas Manzano, agrediendo a distintas personas. Aquilino Díaz Dionisio quiso defender a su primo Apolinar y aun misionero de nombre Luis al cual la familia Díaz Grijalva habían empujado pretendiendo golpearlo. Entonces, el Sr. Aquilino Díaz empujo a uno de los agresores cuyo nombre es Juan Carlos Diaz Yescas. Como respuesta, uno de los integrantes de la familia Díaz Grijalva le pego en la nuca con lo cual se desmayo Aquilino.
Al mismo tiempo Ildelfonso Santiago trató de evitar la pelea, el Sr. Jorge González Díaz agarró un garrote y le pego en la cabeza de lado izquierdo, estuvo como cuatro horas inconsciente y sangrando. Raúl Díaz Grijalva dijo, " poquita sangre vieron ahora , mas sangre van a ver después. " También persiguieron a otras personas de la comunidad con piedras.
Después de los hechos personas de la comunidad llamaron por teléfono a la patrulla, El Agente del Ministerio Público y la ambulancia. La ambulancia llegó a las 9 de la noche, a esa hora el Sr. Ildelfonso estaba como muerto. Este día fueron a Choapam con el Ministerio Público, Lic. Ismael Huerta Pérez y éste no quiso levantar acta alguna, el Sr. Ildelfonso estuvo internado en el hospital de villa Alta, a causa de los golpes que recibió por parte de la familia Díaz Grijalva.
Por lo anterior, el Centro de Derechos Indígenas “Flor y Canto” A.C, la Red Oaxaqueña de Derechos Humanos, el Movimiento Ciudadano por la Democracia A.C. y el Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez” A.C. exigimos:
a) Se respeten los resultados de la elección comunitaria de San Juan Maninaltepec o La Ermita Maninaltepec.
b) Se retire el alambrado y se investiguen conforme a derecho los hechos ilícitos descritos anteriormente con el fin de fincar responsabilidades.
c) Se mitigue el daño ocasionado a la comunidad en torno a su derecho a la alimentación y el desarrollo que han sido agravados a partir de junio de 1999.
d) Se restituya su derecho a la tierra de la comunidad mencionada.
e) Se entreguen los recursos federales que corresponden a la Agencia Municipal.
f) Que la Comisión Nacional de Derechos Humanos investigue las violaciones a los derechos humanos cometidas por las diferentes autoridades con el fin de impedir que éstas sigan sucediéndose en contra de los pueblos indígenas.
El día 20 de abril del presente año, se pídió la intervención de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, ante la inactividad de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en cuanto a la petición que se le formuló para que se establecieran las pertinentes Medidas Cautelares.
[1] Solicitud de expedición de nombramiento de autoridades, día 16 de enero del 2001. Archivo Centro de Derechos Indígenas Flor y Canto A.C.
[2] Datos obtenidos de los documentos oficiales sistematizados por el PRODH y la presencia de las organizaciones en las mesas con el Subsecretario de Gobierno así como en la Misión Civil de Observación y Diagnóstico realizada los días 29, 30 y 31 de Marzo del 2001.
[3] Testimonio recogido durante la Misión de Observación y Diagnóstico. Apolinar Díaz Yescas, . Cassette 1, lado A. Prodh/30/03/01
[4] Idem. Testimonio del Sr. Apolinar Díaz Yescas.
[5] Dicho tema se encuentra ampliado en el capítulo sobre el derecho a la tierra y la alimentación.
[6] Idem. Testimonio de Celestino.
[7] Anexo 2: Fotos de la cerca. Las fotos muestran las tierras comunales, alrededor de las que tendieron la cerca de púas en junio de 1999.
[8] Testimonio recabado en la MCO, Celestino. Cassette 1, lado B. Prodh/30/03/01
[9] Misión Civil de Observación: La red Oaxaqueña de Derechos Humanos, el Centro de derechos Indígenas Flor y Canto, Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro y Movimiento Ciudadano por la Democracia. 29-31 de marzo de 2001.
[10] Para el día 16 de Enero del 2001 los agentes electos de la comunidad enviaron al Presidente Municipal sus reclamaciones demandando: 1) que el Presidente Municipal y su Administración deben reconocer el sistema de elecciones de autoridades municipales en comunidades indígenas de acuerdo a sus usos y costumbres, y 2) el reconocimiento inmediato de las nuevas autoridades para el periodo 2001 a 2003, ya elegidas en la asamblea del 28 de octubre del año 2000.
El Presidente Municipal el 18 de enero realizó el encuentro, sin embargo, no se presentaron los de la comunidad debido a que habían acordado que defenderían el respeto de su elección.
El 30 de enero, 9 , 15, 19 de febrero del 2001 en las instalaciones de la Subsecretaría de Desarrollo Municipal con el Subsecretario de Desarrollo Municipal.
[11] Centro de Derechos Indígenas “Flor y Canto” A.C. , Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez A.C.” , Red Oaxaqueña de Derechos Humanos, y Centro de Derechos Humanos “Ñu’u ji kandií A.C.
[12] Se violan las Garantías consagradas en los artículos 4 párrafo I, 14, 16 y 35 fracciones I y II de la Constitución Federal; los artículos 2 inciso b, 4 y 5 inciso a. del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo ratificado por el Senado de la República; en cuanto al fondo del asunto los artículos 16 y 138 Bis A de la Constitución Política del estado Libre y Soberano de Oaxaca, y de igual forma el artículo 3 inciso IV e inciso X, los artículos 4 segundo párrafo, 8, 10 , 12 y demás relativos de la Ley de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas del estado de Oaxaca, así como los artículos 54 fracción II y 57 último párrafo de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. Además del Convenio 169 de la OIT (artículos 1, 2 inciso a, 3-7)) ratificado por el Senado de la República el 11 de julio de 1990 y publicado en el diario oficial de la federación el 3 de agosto de 1990, y por tanto en acuerdo del artículo 133 Constitucional.
[13] Idelfonso Santiago Estrada fue amenazado en dos ocasiones. La primera fue el 14 de enero de 1999 al lado de la agencia de Maninaltepec, cuando Raúl Grijalva le advirtió “a donde quiera que te encuentre te voy a matar”. La segunda tuvo lugar en diciembre de 2000, después de ser golpeado al salir de una audiencia en el Tribunal Agrario de Tuxtepec por Moisés Yescas –hijo de Moisés Grijalva-. Posterior al tendido del alambrado de 1999, al Sr. Anastacio Díaz Chávez le hicieron llegar el rumor de que lo sacarían de su casa, bajo el argumento de que el terreno pertenecía a los Díaz. Posteriormente, fue amenazado de ser golpeado por Moisés Díaz Yescas, el 20 de enero de 2001, alrededor de las 3:00 a.m. dentro de la comunidad.
Bonancio Díaz Chávez se encontraba en su terreno, cuando Maximino Yescas Pacheco, Laurentino Pacheco Méndez, Genaro Yescas Pacheco y Ermelo Santiago Estrada llegaron a éste y lo comenzaron a rozar, diciéndole a Bonancio que no tenía que trabajar en él, puesto que era de sus padres y que la milpa sería para los animales.
[14] Testimonio de Pedro Chávez Castro, suplente del agente entrante.