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Aprobadas en la Cámara de Diputados modificaciones concernientes
al RETC
El 6 de diciembre
han sido aprobadas en la Cámara de Diputados las modificaciones
el artículo 109 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico
y la Protección al Ambiente concernientes al Registro de
Emisiones y Transferencia de Contaminantes, RETC.
La votación
tuvo 423 votos a favor y dos abstenciones. Con las modificaciones
aprobadas en la Cámara, el registro contempla:
Artículo
109 BIS. La Secretaría, los Estados, el Distrito Federal
y los Municipios, deberán integrar un registro de emisiones
y transferencia de contaminantes al aire, agua, suelo y subsuelo,
materiales y residuos de su competencia, así como de aquellas
sustancias que determine la autoridad correspondiente. La información
del registro se integrará con los datos y documentos contenidos
en las autorizaciones, cédulas, informes, reportes, licencias,
permisos y concesiones que en materia ambiental se tramiten ante
la Secretaría, o autoridad competente del Gobierno del Distrito
Federal, de los Estados, y en su caso, de los Municipios.
Las personas
físicas y morales responsables de fuentes contaminantes están
obligadas a proporcionar la información, datos y documentos
necesarios para la integración del registro. La información
del registro se integrará con datos desagregados por sustancia
y por fuente, anexando nombre y dirección de los establecimientos
sujetos a registro. La información registrada será
pública y tendrá efectos declarativos. La Secretaría
permitirá el acceso a dicha información en los términos
de esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables
y la difundirá de manera proactiva.
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