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Indice
Prefacio
Introducción
1. Objetivos y Campos de Aplicación
2. Referencias
3. Definiciones y especificación
de términos
4. Disposiciones Generales
5. Medidas de prevensión
6. Medidas de Control
7. Concordancia
con Normas Internacionales
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Nom-010-SSA2-1993
Prefacio
En la elaboración de esta Norma fueron consultadas las siguientes
organizaciones gubernamentales y no gubernamentales:
- Dirección General de Epidemiología
- Dirección General de Coordinación Estatal
- Dirección General de Fomento a la Salud
- Dirección General de Medicina Preventiva
- Dirección General de Planificación familiar
- Dirección General de Regulación de los Servicios de Salud
- Centro Nacional de Transfusión Sanguínea
- Instituto Nacional de Diagnósticos y Referencia Epidemiológicos
- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del
Estado
- Instituto Mexicano del Seguro Social
- Petróleos Mexicanos
- Secretaría de la Defensa Nacional
- Secretaría de Educación Pública
- Secretaría de Gobernación
- Secretaría de Marina
- Secretaría de Desarrollo Social
- Departamento del Distrito Federal
- Mexicanos contra el SIDA, Confederación de Organismos no Gubernamentales,
A. C.
- Fundación Mexicana de Lucha contra el SIDA, A. C.
- Amigos contra el SIDA, A. C.
- SOMARC The Futures Group
- Compañeros en Ayuda Voluntaria Educativa, A. C.
- Asociación Mexicana de Educación Sexual, A. C.
- Centro de Orientación para Adolescentes, A. C.
- Colectivo Sol
- Salud Integral para la Mujer
- Grupo "7 Ecología"
- The Population Council
- Colegio Madrid, A. C.
- Instituto Mexicano de Investigación en Familia y Población,
A. C.
- Instituto Mexicano de Sexología
- Grupo de Intervención Social en SIDA y Defensa de Derechos Humanos,
A. C.
- Fundación Mexicana para la Planeación Familiar, A. C.
- Asociación Mexicana de Infectología
- Asociación de Medicina Interna de México, A. C.
- Asociación Mexicana de Facultades y Escuelas de Medicina, A.
C.
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Introducción
México está viviendo un proceso de modernización
en todos los órdenes, con el propósito explícito
de insertarse en una economía global a partir de una opción
clara de competencia entre iguales, en cuanto a la calidad de los productos
y servicios que pone a la disposición de los mexicanos y de la
comunidad internacional.
Como parte de este proceso se identifica la necesidad de adecuar los marcos
normativos que regulan el quehacer nacional, a fin de que respondan a
las exigencias de la competencia entre países. Para lograrlos,
se actualizó la Ley General sobre Metrología y Normalización,
la cual entró en vigor el 1º de julio de 1992 que señala,
entre otras cosas, las bases para la elaboración de las Normas
Oficiales Mexicanas que sustituyen a partir del 16 de octubre de 1993
a las normas técnicas que hasta entonces indicaran las características
que debieran reunir los servicios y productos que se elaboran y consumen
en el país.
Las actividades de salud, y dentro de ellas los servicios del CONASIDA,
constituyen una de las materias objeto de la actualización normativa,
por su importancia para la vida de la población, su extensa cobertura
de uso y la trascendencia que reviste para la calidad de vida de los mexicanos.
Esta Norma Oficial Mexicana para la Prevención y Control de la
Infección por Virus de Inmunodeficiencia Humana, aglutina los puntos
de vista, propuestas y resultados de investigaciones que diversos organismos,
tanto gubernamentales, no gubernamentales y privados han realizado en
los diversos ámbitos que ha generado la epidemia.
Básicamente la presente Norma enumera las definiciones y especificación
de términos, disposiciones generales, medidas de prevención,
medidas de control; asimismo, describe una bibliografía básica
y la concordancia que tiene con otras normas a nivel internacional.
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1. Objetivos y Campos de Aplicación
1.1.- Las disposiciones de esta Norma Oficial Mexicana son de orden público
e interés social, y tiene por objeto uniformar los principios y
criterios de operación de los componentes del Sistema Nacional
de Salud, respecto de las actividades relacionadas con la prevención
y control de la infección por el Virus de la Inmunodeficiencia
Humana (VIH) en virtud de que constituye, por su magnitud y trascendencia,
un grave problema de salud pública.
1.2.- Esta Norma es de observancia obligatoria en todos los establecimientos
para la atención médica de los sectores público,
social y privado del país.
1.3.- La vigilancia de esta Norma corresponde a la Secretaria de Salud
y a los gobiernos de los Estados en el ámbito de sus respectivas
competencias.
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2. Referencias
Para la aplicación correcta de esta Norma es necesario consultar:
2.1.- Norma Oficial Mexicana NOM-003-SSA2-1993 para la disposición
de la sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos (Diario
Oficial de la Federación del 18 de julio de 1994).
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3. Definiciones y especificación de términos
3.1.- Para efectos de esta Norma Oficial Mexicana se entenderá
por:
ADN: Ácido desoxirribonucleico
ARN: Ácido ribonucléico
BCG: Bacilo Calmette Guerin
Caso índice: persona que presenta la infección por
VIH; o una persona con el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida
(SIDA), a partir de la cual se infectan otras personas.
CDC: Centros para el Control de Enfermedades (Centers for Disease
Control and Prevention)
CD4: Linfocitos T cooperadores
CONASIDA: Consejo Nacional de Prevención y Control del SIDA.
CRS: Complejo relacionado al SIDA. Se utiliza para designar un
cuadro clínico caracterizado por pérdida de peso, diarrea
o linfadenopatía generalizada (persistente), que es sugestivo pero
no diagnóstico de SIDA.
DPT: Vacuna contra la difteria, la tosferina y el tétanos.
Disponente de sangre o sus componentes: Sujeto que suministra sangre
o alguno de sus componentes, obtenidos mediante procedimientos de extracción
simple o aféresis.
Líquidos de alto riesgo: Sangre, líquido amniótico,
líquido pericárdico, líquido peritoneal, líquido
pleural, líquido sinovial, líquido cefalorraquideo, semen
y secreciones vaginales.
ELISA: Ensayo inmunoenzimático ligado a enzimas (Enzyme-linked
immunosorbent assay)
IgA: Inmunoglobulina A.
OMS: Organización Mundial de la Salud.
PPD: Derivado proteínico purificado.
Prácticas de alto riesgo: Actividades en las que existe
una alta posibilidad de que se intercambien o compartan fluidos potencialmente
infectantes.
Prácticas sexuales de alto riesgo: Actividades en las que
existe penetración pene - vagina o pene - ano, sin el uso de una
barrera mecánica como el condón d látex o poliuretano
(condón femenino), para evitar el intercambio de secreciones sexuales
o de sangres.
Precauciones universales: Técnicas de manejo de pacientes
por parte del personal de salud, que se fundamentan en el concepto de
que todos los pacientes deberán ser considerados como potencialmente
infectantes con el VIH u otros agentes infecciosos transmitidos por sangre.
Pruebas de tamizaje. Pruebas de laboratorio para la detección
de anticuerpos anti - VIH en suero sanguíneo. Incluye metodologías
como el ELISA (ensayo inmunoenzimático ligado a enzimas) y aglutinación.
Pruebas suplementarias. Las de laboratorio que confirman presencia
de anticuerpos anti - VIH en suero sanguíneo. Incluye metodologías
como la inmuno electrotransferencia (Western Blot), la inmunofluorescencia
y la radio inmuno precipitación (RIPA).
Sexo protegido: Prácticas sexuales en las cuales existe
penetración, pero se utiliza una barrera mecánica como el
condón de látex o poliuretano (condón femenino),
para evitar el intercambio de secreciones sexuales o de sangre.
Sexo seguro: prácticas sexuales en las cuales no existe
penetración ni intercambio de secreciones sexuales (semen, líquido
preeyaculatorio y secreción vaginal) o de sangre.
SIDA: Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida.
VIH: Virus de la inmunodeficiencia humana, incluye al VIH 1 y al
VIH 2.
V.O.: Vía oral.
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4. Disposiciones Generales
4.1.- La infección por Virus de la inmunodeficiencia humana (VIH)
es causada por los Retrovirus VIH-1 y VIH-2, y se transmite de la manera
siguiente:
4.1.1.- por contacto sexual con persona infectada por el VIH;
4.1.2.- por transfusión de sangre contaminada y sus componentes;
4.1.3.- por el uso de agujas y otros instrumentos punzocortantes contaminados;
4.1.4.- de una madre infectada a su hijo, durante el periodo perinatal
por vía transplacentaria, por contacto con sangre o secreciones
en el canal del parto o a través de la leche materna, y
4.1.5.- por trasplante de órganos y tejidos contaminados.
4.2.- Los grupos de población con mayor probabilidad de adquirir
la infección por VIH son los siguientes:
4.2.1.- aquellos que realizan prácticas de alto riesgo;
a) hombres y mujeres que tienen varios compañeros sexuales, independientemente
de su preferencia sexual;
b) hombres y mujeres que padecen alguna enfermedad de transmisión
sexual; y
c) compañeros sexuales de:
- personas con VIH/SIDA;
- personas que a su vez tienen varios compañeros sexuales;
- transfundidos entre 1980 y 1987;
- usuarios de drogas intravenosas; y
- hemofílicos.
4.2.2.- usuarios de drogas que utilizan la vía intravenosa y comparten
agujas o jeringas contaminadas.
4.2.3.- aquellos expuestos a condiciones de alto riesgo:
a) hemofílicos y transfundidos entre los años de 1980 y
1987
b) personas transfundidas después de 1987 con sangre o hemoderivados
que no hayan sido sometidos a la prueba de detección del VIH
c) hijos nacidos de mujeres ya infectadas con VIH/SIDA
4.2.4.- quienes se encuentra expuestos a condiciones de bajo riesgo:
a) personal de salud o personas que atienden a pacientes y que presentan
cortaduras, punciones accidentales con agujas contaminadas, o salpicadura
de sangre o secreciones
b) personas que tengan punción con agujas potencialmente contaminadas
por sangre, como las usadas en acupuntura y tatuajes.
4.3.- De acuerdo con la Décima Revisión de la Clasificación
Internacional de Enfermedades, la infección por VIH presenta las
cinco variedades clínicas siguientes:
4.3.1.- Enfermedades infecciosas y parasitarias resultantes por el VIH
(B20);
-B20.0 Enfermedad por VIH con infección micobacteriana; Enfermedad
por VIH con tuberculosis;
-B20.1 Enfermedad por VIH con otra infección bacteriana;
-B20.2 Enfermedad por VIH con enfermedad por Citomegalovirus;
-B20.3 Enfermedad por VIH con otra infección viral;
-B20.4 Enfermedad por VIH con candidiasis;
-B20.5 Enfermedad por VIH con otra micosis;
-B20.6 Enfermedad por VIH con neumonía por Pneumocystis carinii;
-B20.7 Enfermedad por VIH con infección múltiple;
-B20.8 Enfermedad por VIH con otra enfermedad infecciosa y parasitaria;
-B20.9 Enfermedad por VIH con enfermedad infecciosa o parasitaria inespecífica;
Enfermedad por VIH con infección sin especificar.
4.3.2.- Neoplasias malignas resultantes de enfermedad por VIH (B21);
-B21.0 Enfermedad por VIH con sarcoma de Kaposi;
-B21.1 Enfermedad por VIH con linfoma de Burkitt;
-B21.2 Enfermedad por VIH con otro tipo de linfomas no Hodgkin;
-B21.3 Enfermedad por VIH con otras neoplasias malignas; linfoideas hematopoyéticas
y tejidos relacionados
-B21.7 Enfermedad por VIH con múltiples neoplasias malignas;
-B21.8 Enfermedad por VIH con otras neoplasias malignas;
-B21.9 Enfermedad por VIH con neoplasias malignas inespecíficas.
4.3.3.- Otras enfermedades específicas resultantes de enfermedad
por el VIH (B22);
-B22.0 Enfermedad por VIH con encefalopatía;
-B22.1 Enfermedad por VIH con neumonitis intersticial linfoidea;
-B22.2 Enfermedad por VIH con síndrome de desgaste;
Enfermedad por VIH con adelgazamiento progresivo;
-B22.7 Enfermedad por VIH con múltiples enfermedades clasificadas
en otra parte.
4.3.4.- Otras condiciones resultantes de enfermedad por el VIH (B23);
-B23.0 Síndrome de infección aguda por VIH;
-B23.1 Enfermedad por VIH con linfadenopatía generalizada (persistente);
-B23.2 enfermedad por VIH con anormalidades hematológicas e inmunológicas
no clasificadas en otra parte;
-B23.8 enfermedad por VIH con otras condiciones específicas.
4.3.5 Enfermedad inespecífica por el VIH (B24);
- Síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA) sin especificar;
- Complejo relacionado a SIDA (CRS) sin especificar.
4.4.- Con base en los estudios de laboratorio realizados, se considerará
que la persona se encuentra "infectada por el VIH" o no, conforme
a los siguientes criterios:
4.4.1.- Se considera como persona infectado por el VIH o seropositivo
aquélla que presente dos resultados de pruebas de tamizaje de anticuerpos
positivos y prueba suplementaria positiva, incluyendo pacientes asintomáticos
que nieguen factores de riesgo.
4.4.2.- No se considera a la persona como infectada, si:
a) sólo una de las pruebas de tamizaje resulto positiva, o
b) Tiene dos resultados de pruebas de tamizaje positiva, pero las pruebas
suplementarias negativas.
4.4.3.- En el caso de presentar dos resultados de prueba de tamizaje positivas,
pero la prueba suplementaria es indeterminada, deberá considerarse
como posiblemente infectado y así se informará, recomendándose
repetir diagnóstico de laboratorio (prueba de tamizaje y suplementaria)
tres meses después.
4.5.- Se considerará que una persona es un "caso de SIDA",
cuando satisfaga la siguiente definición:
4.5.1.- Sin evidencia de laboratorio de infección por VIH - ya
que la prueba no se realizó o sus resultados son indeterminados
- y en ausencia de otra causa de inmunosupresión o inmunodeficiencia,
los siguientes diagnósticos comprobados por microscopía
o cultivo son criterios para establecer el diagnóstico de caso
de SIDA:
- Neumonía por Pneumocystis carinii;
- Candidiasis esofágica, traqueal, bronquial o pulmonar;
- Infección diseminada por M. Kansasii o complejo M. Avium intracelulare
(en un sitio distinto o en asociación a pulmón, piel o nódulo
linfático biliar o cervical);
- Infección por Herpes simplex, causante de ulcera mucocutánea
de más de un mes de duración o bronquitis, esofagitis o
neumonitis que afecte a personas mayores de un mes de edad;
- Infección por Citomegalovirus de un órgano interno, que
no sea el hígado, bazo o ganglios linfáticos, en pacientes
con más de un mes de edad;
- Toxoplasmosis cerebral en pacientes mayores de un mes de edad;
- Criptosporidiasis con diarrea, de más de un mes de duración:
- Estrongiloidosis extraintestinal;
- Leucoencefalopatía multifocal progresiva;
- Sarcoma de Kaposi en pacientes menores de 60 años;
- Linfoma primario cerebral en pacientes menores de 60 años;
- Hiperplasia pulmonar linfoide o neumonitis intersticial linfoide en
menores de 13 años;
- Criptococosis extrapulmonar.
4.5.2.- Cuando la prueba de laboratorio es positiva:
4.5.2.1.- Uno o más de los siguientes diagnósticos comprobados
por microscopía o cultivo.
- Sarcoma de Kaposi a cualquier edad;
- Linfoma primario cerebral a cualquier edad;
- Linfoma no Hodgkin de células B o fenotipo inmunológico
no determinado y de cualquiera de los siguientes tipos: linfocitos pequeños
no hendidos (tipo Burkitt o no Burkitt), o sarcoma inmunoblástico
(linfoma de células grandes), linfoma histiocítico difuso,
linfoma indiferenciado, sarcoma de células reticulares o linfoma
de alto grado de malignidad);
- Complejo demencial o encefalopatía por VIH;
- Síndrome de desgaste;
- Tuberculosis pulmonar y extrapulmonar;
- Diseminación extrapulmonar por M. Avium o M. Kansasii;
- Infección extrapulmonar o diseminada por micobacterias de otras
especies que no sea lepra;
- Histoplasmosis extrapulmonar o diseminada;
- Isosporidiasis con diarrea con más de un mes de duración;
- Coccidiomicosis diseminada;
- Septicemia por salmonella no tifoídica recurrente;
- Dos o más infecciones bacterianas en los dos años anteriores,
en menores de 13 años que no tengan predisposición: septicemia,
neumonía, artritis, meningitis o absceso visceral o cavitario (excluyendo
otitis media o abscesos superficiales de piel o mucosas), causadas por
Legionella, Haemophilus, Estreptococo (incluyendo neumococo) o alguna
otra bacteria píogena;
- Episodios recurrentes de neumonía bacteriana;
- Cáncer cervicouterino invasivo.
4.5.2.2.- Uno o más de los siguientes diagnósticos realizados
de manera presuntiva (no comprobados por microscopía o cultivo):
- Neumonía por P. carinii;
- Toxoplasmosis cerebral en mayores de un mes de edad;
- Infección extrapulmonar o diseminada por micobacterias (bacilos
ácido - alcohol resistentes, de especie indeterminada);
- Retinitis por Citomegalovirus, con pérdida de la visión;
- Candidiasis esofágica;
- Sarcoma de Kaposi;
- Hiperplasia pulmonar linfoide o neumonitis intersticial linfoide en
menores de 13 años;
- Episodios recurrentes de neumonía, con o sin diagnóstico
bacteriológico.
4.6.- Criterios diagnósticos en menores de 18 meses de edad; una
prueba positiva para anticuerpos contra VIH no será definitiva,
debido a la posibilidad de que los anticuerpos presentes sean de origen
materno; por ello, para hacer el diagnósticos en este grupo se
requiere:
4.6.1.- En presencia de sintomatología y alteraciones inmunológicas
sugestivas de VIH/SIDA, contar con prueba suplementaria positiva, si bien
en menores de 18 meses de edad las pruebas suplementarias como el Western
Blot y la Radioinmunoprecipitación no son útiles, ya que
sólo las enunciadas en el inciso 4.6.2 de este mismo apartado,
son de utilidad en este grupo de edad.
4.6.2.- En ausencia de sintomatología, deberá haber un resultado
positivo en alguna de las siguientes pruebas:
- Cultivo de virus;
- Determinación de antígeno viral;
- Reacción en cadena de la polimerasa, para determinar ARN viral
o ADN proviral.
4.7.- De acuerdo con la clasificación del CDC, los casos pediátricos
se clasifican según datos clínicos y de laboratorio, como:
- Infección indeterminada (clase P-O);
- Infección asintomática (clase P-1), e
- Infección sintomática (clase P-2), de acuerdo a los siguientes
criterios:
Clase P-O Infección indeterminada (niños menores de 18 meses
de edad, sin evidencia definitiva de infección por VIH/SIDA, pero
nacidos de madre VIH positiva;
Clase P-1 Infección asintomática (seropositivos)
- Subclase A: función inmunológica normal;
- Subclase B: función inmunológica anormal;
- Subclase C: función inmunológica no probada:
Clase P-2 Infección sintomática:
- Subclase A: hallazgos no específicos (pérdida de peso,
diarrea y fiebre de más de un mes de evolución, adenopatías,
hepatoesplenomegalia y aumento de tamaño de parótidas);
- Subclase B: enfermedad neurológica progresiva (disminución
de perímetro cefálico, signos piramidales, disminución
o aumento del tono muscular, hipotrofia muscular, retraso del desarrollo
psicomotor, pérdida de habilidades adquiridas, hipoacusia sensorial,
crisis convulsivas);
- Subclase C: neumonitis intersticial linfoidea;
- Subclase D: enfermedad infecciosa secundaria:
Categoría D1: infecciones secundarias especificas causadas por
Criptosporidium, Criptococo, Salmonella, Toxoplasma, Histoplasma, Citomegalovirus,
P. Carinii;
Categoría D2: infecciones bacterianas recurrentes (neumonía,
septicemia, otitis media, infección de vías urinarias);
Categoría D3: otras infecciones secundarias especificas ( candidiasis
mucocutánea, tuberculosis, estomatitis herpética, infección
por Herpes zoster).
- Subclase E1: cáncer secundario especifico (Sarcoma de Kaposi);
Categoría E2: otros cánceres posiblemente secundarios a
la infección por VIH ( Linfoma no Hodgkin, Linfoma primario intercraneano);
- Subclase F: otras enfermedades relacionadas a la infección por
VIH (hepatitis, cardiomiopatía, nefropatía, trombocitopenia
enfermedad dermatológica).
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5. Medidas de prevensión
5.1.- La prevención de la infección por VIH se debe realizar
con toda la población, además de llevarse a cabo acciones
especificas dirigidas a los grupos con mayor probabilidad de adquirir
la infección y al personal de salud.
5.2.- La prevención general de la infección por VIH se llevará
a cabo a través de la educación para la salud y la promoción
de la participación social, orientadas ambas a formar conciencia
y autorresponsabilidad entre individuos, familias y grupos sociales, con
el propósito de que todos ellos proporcionen facilidades y colaboren
activamente en actividades de promoción de la salud, cuidado y
control de la infección.
5.3.- En materia de educación para la salud, las acciones estarán
orientadas a:
a) Informar sobre la infección por VIH como problema de salud pública
y su trascendencia;
b) Orientar a la población sobre medidas preventivas y conductas
responsables para reducir la probabilidad de contraer el virus de la inmunodeficiencia
humana;
c) Instruir a la población acerca de medidas personales para prevenir
esta infección; y
d) Alentar la demanda oportuna de atención médica entre
personas infectadas con el VIH o con SIDA.
5.4.- En materia de participación social:
a) Sensibilizar a la población para que permita el desarrollo de
acciones preventivas y de control;
b) Invitar a personal de salud, maestros, padres de familia, organizaciones,
clubes y grupos deportivos y grupos de la comunidad a que colaboren en
actividades educativas y de promoción;
c) Capacitar al personal de salud con el objeto de sensibilizar y mejorar
la atención de las personas con VIH/SIDA
d) Promover la intervención activa de las organizaciones de la
comunidad, en actividades relacionadas con el control de la infección
por VIH o por SIDA;
e) Procurar la integración y capacitación de otros grupos
sociales, en acciones concretas de educación y detección;
f) Consolidar la participación activa de los diversos grupos sociales
en la planeación, ejecución y evaluación de las actividades
preventivas; y
g) Educar al personal de salud para reducir el riesgo de transmisión
del VIH ocurrida por instrumental, procedimientos y productos utilizados
en áreas médicas y odontológicas.
5.5.- Las medidas fundamentales para la prevención de la infección
en la comunidad, son las siguientes:
a) Informar respecto a la magnitud y trascendencia del problema de salud
pública que representa la infección por VIH;
b) Difundir ampliamente información sobre los mecanismos de transmisión
y formas de prevención de la infección por VIH;
c) Comunicar a los prestadores de servicios que utilizan instrumentos
punzocortantes que le den preferencia al uso de material desechable; cuando
esto no sea posible entonces esterilizar y desinfectar en forma adecuada
los instrumentos punzocortantes utilizados;
d) Evitar las relaciones sexuales sin la protección de un condón
de látex (preservativo) o poliuretano (condón femenino)
en prácticas sexuales de riesgo; y
e) A la población con prácticas de alto riesgo (apartados
4.2.1, 4.2.2 y 4.2.3) se les debe recomendar además:
- Evitar la donación de sangre, órganos, tejidos y células
germinales; y
- Practicarse periódicamente pruebas de detección de anticuerpos
para VIH.
5.6.- El personal de salud deberá recomendar a la población
infectada con el VIH/SIDA:
a) Practicar el sexo seguro o sexo protegido (usar el condón de
látex o de poliuretano);
b) NO donar sangre, semen ni órganos para trasplante;
c) NO compartir objetos potencialmente contaminados con sangre (agujas,
jeringas, cepillos de dientes, navajas), y en general, objetos punzocortantes
de uso personal;
d) Valorar la conveniencia de evitar el embarazo, recibiendo información
sobre el riesgo de transmisión perinatal;
e) Las madres infectadas por VIH no deberán amamantar a su hijo,
si cuentan con la posibilidad de disponer de sustitutos de lecha materna.
En caso contrario se recomienda continuar la alimentación al seno
materno;
f) Que el paciente informe de su estado al personal que lo atiende, cuando
se someta a procedimientos dentales, extracción de sangre, estudios
invasivos o cirugías;
g) Evitar el contacto con pacientes con padecimientos contagiosos;
h) Evitar el contacto o la convivencia con animales;
i) No automedicarse;
j) Solicitar atención médica periódica, aun en ausencia
de sintomatología;
k) Fomentar la salud a través de una dieta adecuada, reposo, ejercicio
y apoyo psicológico;
l) Evitar el uso de drogas, alcohol y tabaco; y
m) Conocer los servicios y alternativas gubernamentales y no gubernamentales,
disponibles en su localidad, que ofrecen apoyo a personas con VIH/SIDA
o a sus familiares.
5.7.- Las medidas fundamentales que deben adoptarse para la prevención
de la infección por VIH en los establecimientos de salud y entre
el personal de salud y sus familiares que tengan contacto con sangre y
sus componentes, órganos, tejidos, células germinales y
cadáveres humanos, así como con los sujetos infectados,
son las siguientes:
a) Informar sobre la magnitud y trascendencia del problema de salud que
constituye la infección por VIH, los mecanismos de transmisión
y las medidas preventivas;
b) Identificar el equipo, material y ropa probablemente contaminados,
para ser desinfectados, esterilizados o destruidos, según sea el
caso;
c) Manejar siempre los líquidos corporales, excretas, tejidos y
cadáveres, como potencialmente infectados; y darles destino final
por incineración o inactivación viral, mediante esterilización
con autoclave o utilizando soluciones de hipoclorito de sodio, del 4 al
7%;
d) Observar las Precauciones Universales en todos los pacientes, que consisten
en:
- lavar siempre las manos, antes y después de tener contacto con
cualquier paciente;
- usar guantes siempre que exista la posibilidad de contacto con cualquier
paciente;
- usar bata, delantales o ropa impermeable, cuando exista la posibilidad
de contaminar la ropa con líquidos de alto riesgo;
- usar mascara o lentes, siempre que exista la posibilidad de salpicaduras;
- desechar las agujas y otros instrumentos cortantes, en recipientes rígidos,
no perforables, que contengan algún desinfectante adecuado o que
posteriormente sean tratados con algún desinfectante;
- NUNCA recolocar el capuchón de la aguja;
- después de limpiar minuciosamente el instrumental, esterilizarlo
o, en su defecto, desinfectarlo. La desinfección química
no debe aplicarse a las agujas y jeringas. En el caso de otros instrumentos
punzantes y cortantes, la desinfección química sólo
se utilizará como último recurso, siempre a condición
de que pueda garantizarse la concentración y la actividad del producto
químico, que se limpie minuciosamente el instrumental antes de
sumergirlo en el desinfectante químico;
- limpiar las superficies potencialmente contaminadas, con hipoclorito
de sodio al 0.5%, con alcohol al 70% o con agua oxigenada; y
- colocar y transportar la ropa contaminada en bolsas impermeables para
prevenir el derramamiento de líquidos.
5.8.- En caso de probable exposición al VIH del personal de salud,
o por quienes cuidad a personas con VIH o con SIDA al tener contacto con
sangre de un paciente mediante punción (piquete o pinchadura),
cortadura o salpicadura en mucosas o piel con heridas, se realizarán
de inmediato las siguientes acciones:
a) suspender inmediatamente la actividad;
b) exprimir la herida para que sangre
c) lavar con abundante agua y jabón;
d) acudir de inmediato al servicio hospitalario más cercano o a
la autoridad del hospital donde el accidente ocurra, para:
- constatar por escrito el incidente;
- tomar una muestra sanguínea basal, para la detección de
anticuerpos contra el VIH. Esta prueba inicial es fundamental para demostrar
que la persona era negativa al VIH antes del accidente;
- establecer las medidas necesarias para determinar si el paciente accidentado
se encuentra realmente infectado por el VIH;
- recomendar que se eviten las relaciones sexuales sin la protección
de un condón de látex (preservativo), o poliuretano (condón
femenino), ante la probabilidad de infección. Estas precauciones
podrán suspenderse en cuanto se determine que no hubo seroconversión;
- considerar la posibilidad de iniciar, antes de transcurridas seis horas
a partir del accidente, la administración de Zidovudina profiláctica
(1,200 mgs. Diarios, dividido en tres dosis al día, durante 15
días);
e) posteriormente, se tomarán muestras sanguíneas de seguimiento
a los tres, seis y doce meses, diagnosticándose como caso de infección
ocupacional aquel que demuestre seroconversión durante dicho periodo.
5.9.- Para la prevención de la infección por VIH en actos
de trasplante, transfusión o técnicas de fertilización
asistida, se observarán las disposiciones que figuran a continuación:
5.9.1.- Se excluirá como disponente de órganos, tejidos
y sus componentes, así como de células germinales, a los
individuos siguientes:
a) aquellos pertenecientes a los grupos con mayor probabilidad de adquirir
la infección por VIH a que se refieren los apartados 4.2.1, 4.2.2
y 4.2.3 de esta Norma;
b) quienes resulten con positividad en cualquiera de las pruebas de tamizaje
que al efecto se practiquen.
En caso de que la obtención de órganos y tejidos ya se hubiese
efectuado, se les dará destino final en condiciones sanitarias
adecuadas, de conformidad con las demás disposiciones de carácter
general que al efecto emita la Secretaría.
5.9.2.- Las demás medidas que procedan, entre las señaladas
en los apartados 5.6 y 5.7 de esta Norma.
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6. Medidas de Control
6.1.- El control del paciente con VIH comprende las actividades siguientes:
6.1.1.- detección y diagnóstico;
6.1.2.- atención y tratamiento;
6.1.3.- notificación, estudio epidemiológico y seguimiento
de casos de acuerdo a lo establecido en la Norma de Vigilancia Epidemiológica
vigente, e
6.1.4.- investigación y seguimiento de los contactos.
6.2.- La detección y diagnóstico del paciente por VIH, se
lleva a cabo a través de los siguientes procedimientos:
6.2.1.- Antecedentes de exposición por alguno de los mecanismos
enunciados en el inciso 4.2;
6.2.2.- Satisfacer los criterios de infectado por VIH o caso de SIDA,
establecidos en los apartados 4.4, 4.5, 4.6 y 4.7 de esta Norma o por:
6.2.3.- Estudios de laboratorio, según lo enunciado en el inciso
4.4.1:
a) pruebas de tamizaje: presencia de anticuerpos contra el VIH en el suero
o plasma, demostrada por alguno de los siguientes métodos:
- Ensayo Inmunoenzimático
(ELISA) ; o
- Aglutinación pasiva.
B) Pruebas suplementarias: presencia de anticuerpos contra el VIH en el
suero o plasma, demostrada por alguna de las pruebas siguientes:
- Inmunoelectrotransferencia
(Prueba de Western Blot),
- Inmunofluorescencia, o
- Radioinmunoprecipitación (RIPA), o
c) Pruebas suplementarias que determinan la presencia del virus o algún
componente del mismo, como son:
- cultivo de virus;
- determinación de antígeno viral; o
- reacción en cadena de la polimerasa, para determinar el ARN viral
o ADN proviral.
6.3.- Toda detección del VIH/SIDA se regirá por los siguientes
criterios:
6.3.1.- Será considerada como cualquier otro recurso auxiliar para
el diagnóstico;
6.3.2.- No se utilizará para fines ajenos a los de protección
de la salud sin menoscabo de la orden judicial la cual deberá acatarse
en todo momento;
6.3.3.- No se solicitará como requisito para el ingreso a actividades,
el acceso a bienes y servicios, contraer matrimonio, obtener empleo, formar
parte de instituciones educativas, o para recibir atención médica;
6.3.4.- No deberá ser considerada como causal de rescisión
de un contrato laboral, la expulsión de una escuela, la evacuación
de una vivienda, la salida del país o ingreso al mismo, tanto de
nacionales como de extranjeros. En el caso de estos últimos, no
será causal para negar residencia ni podrá ser utilizada
para la deportación.
6.3.5.- Se regirá por los criterios de consentimiento informado
y confidencialidad; es decir, que quien se somete a análisis, deberá
hacerlo con conocimiento suficiente, en forma voluntaria y seguro de que
se respetará su derecho a la privacía y la confidencialidad
del expediente clínico.
6.4.- La entrega del resultado al paciente será por personal capacitado
o, en su defecto, se enviará en sobre cerrado al médico
tratante que solicitó el estudio. No se podrán reportar
resultados positivos o negativos en listados de manejo público,
ni se comunicará el resultado a otras personas sin la autorización
expresa del paciente, excepto cuando se trate de menores de edad o de
pacientes con incapacidad mental o legal, en cuyo caso se informará
al familiar más cercano.
6.5.- Las instituciones del Sector Salud, de acuerdo con sus capacidades,
harán todo lo posible para ofrecer el servicio de consejería
o apoyo psicológico, a toda persona a quien se le entregue un resultado
VIH positivo, con objeto de disminuir el impacto psicológico de
la notificación en el individuo afectado y favorecer su adaptación
a su nueva situación.
6.6.- El SIDA es una de las enfermedades sujetas a vigilancia epidemiológica;
es obligatoria su notificación inmediata a la autoridad sanitaria
más cercana, según la Norma para la Vigilancia Epidemiológica
vigente.
6.6.1.- La notificación la hará el personal de salud en
los formatos aprobados por el Sistema Nacional de Salud, y referidos a
la Norma para la Vigilancia Epidemiológica vigente para la notificación
de infectado sintomático y caso de SIDA, independientemente de
los utilizados por cada institución.
6.6.2.- Esta responsabilidad compete al médico tratante o al personal
de salud directamente involucrado, pero no así a laboratorios ni
a otras personas que tuvieran acceso a la información.
6.6.3.- La notificación de casos de VIH/SIDA se hará de
manera confidencial. Su objetivo es contar con la información necesaria
para establecer las medidas de prevención y control de enfermedades
transmisibles, y debe proteger al afectado contra daños a su honorabilidad
y dignidad, por lo que no debe comunicarse a otras personas o autoridades,
excepto las directamente responsables de la vigilancia epidemiológica,
sin menoscabo de la orden judicial la cual deberá acatarse en todo
momento.
6.6.4.- La notificación de caso de SIDA o infectado por VIH, se
hará en sobre cerrado con sello de confidencial y se dirigirá
al titular de la unidad de vigilancia epidemiológica del nivel
técnico administrativo que corresponda, para su manejo en forma
confidencial y bajo su más estricta responsabilidad.
6.6.5.- Para fines de vigilancia epidemiológica, se consideraran
casos de SIDA aquellos que cumplan con los criterios establecidos en los
incisos 4.4 y 4.5 de esta Norma.
6.7.- La vigilancia epidemiológica del VIH/SIDA deberá realizarse
considerando, tanto las necesidades de prevención y protección
de la salud de las enfermedades transmisibles, como el respeto a la dignidad
de los afectados, que comprende su derecho a la igualdad, confidencialidad,
privacía y no discriminación, actitud que deberá
promoverse entre el personal que labora en las Instituciones de Salud.
6.8.- El seguimiento epidemiológico de infectado por VIH o de caso
de SIDA, se realizará por el epidemiólogo de la unidad de
vigilancia epidemiológica del nivel técnico administrativo
correspondiente, en el espacio diseñado para este fin en los formatos
de notificación del Sistema Nacional de Salud. Este seguimiento
deberá efectuarse cada año para los infectados por VIH,
y cada seis meses para los casos de SIDA.
6.9.- La investigación de las fuentes de infección y de
los contactos, se llevará a cabo en los sujetos infectados por
VIH comprobados y en los casos de SIDA, previo consentimiento del paciente,
conservando la confidencialidad de la información, y comprende
las acciones siguientes:
6.9.1.- Estudiar los contactos sexuales durante los cinco años
previos a la fecha probable de infección;
6.9.2.- Estudiar a quienes le hayan donado o a quienes haya donado sangre,
órganos, tejidos y células germinales, en los cinco años
previos a la fecha probable de infección;
6.9.3.- Identificar a las personas con quienes hayan compartido el uso
de agujas y jeringas en los cinco años previos a la fecha probable
de infección;
6.9.4.- Estudiar a los hijos nacidos después de la fecha probable
de infección, o a los menores de cinco años de edad;
6.9.5.- En menores de cinco años deberá descartarse la transmisión
perinatal del virus mediante investigación del estado serológico
de la madre; y
6.9.6.- En todo caso de transmisión transfusional, por trasplante
o técnica de fertilización asistida, deberá realizarse
estudio epidemiológico para identificar los factores de riesgo
y verificar si la infección se adquirió por vía sanguínea.
En caso afirmativo, se identificará la procedencia de las unidades
transfundidas, tejidos para trasplante o células germinales, para
llevar a cabo las acciones de vigilancia epidemiológica apropiadas.
6.10.- La vigilancia epidemiológica y el seguimiento de contactos
deberán tomar en cuenta los criterios siguientes:
6.10.1.- Cuando el paciente sea mayor de edad, se deberá obtener
la información directamente del caso índice. En el caso
de menores de edad, se podrá obtener la información de los
padres o responsables legales.
6.10.2.- Cuando se visite el domicilio de un paciente para dar o solicitar
información, no se mencionará bajo circunstancia alguna,
a otra persona que no sea el paciente el diagnóstico de VIH/SIDA.
6.10.3.- En caso de que el paciente haya fallecido, sólo se podrá
solicitar información al médico tratante y a quien elaboró
el certificado de defunción. El seguimiento se hará garantizando
la confidencialidad de la información del diagnóstico, mediante
notificación del mismo únicamente a los familiares del finado,
en primero y segundo grados.
6.10.4.- El seguimiento de los contactos sólo podrá realizarse
con el consentimiento libre dl paciente, respetándose su voluntad
de no proporcionar información.
6.10.5.- El seguimiento de contactos en el caso del VIH/SIDA podrá
adoptar otras modalidades:
a) apoyar al paciente para que informe él mismo a sus contactos;
b) informar a los contactos con el consentimiento del paciente, pero preservando
su identidad;
c) evitar en lo posible, la visita domiciliaria, que puede generar graves
conflictos al afectado y a su familia, sobre todo en pequeñas poblaciones.
6.11.- El tratamiento del paciente con infección por VIH lo realizará
personal capacitado (médicos titulados y con cédula profesional
vigente), siguiendo las recomendaciones de la Guía para la Atención
de Pacientes con VIH/SIDA en Consulta Externa y Hospitales.
6.11.1.- Todas las instituciones de salud están obligadas a prestar
atención de emergencia a pacientes con VIH/SIDA, de manera responsable,
digna y respetuosa.
6.11.2.- Todas las instituciones de salud estarán obligadas a canalizar
a los pacientes para su atención especializada, cuando así
lo requieran las condiciones del paciente y la institución no cuente
con los recursos para brindarla, siguiendo los niveles de atención
de las instituciones correspondientes.
6.12.- El manejo del paciente adulto se basa en el estado clínico
y en datos de laboratorio, particularmente en el estudio de subpoblaciones
de linfocitos t CD4+, de acuerdo con los siguientes criterios:
6.12.1.- En pacientes asintomáticos con:
a) Cuenta de 500 linfocitos de CD4/ mL o mayor:
- No requiere medicamentos específicos;
- Vigilar clínicamente:
- Repetir conteo de linfocitos CD4, cada seis meses.
B) Cuenta entre 499 y 200 linfocitos CD4/mL:
- Iniciar Zidovudina, 500 a 600 mg. Al día, asociado a piridoxina,
10 mg/día, por un año;
- Vigilar mielotoxicidad por Zidovudina mediante biometría hemática
completa, cada cuatro semanas.
C) Cuenta menor de 200 linfocitos CD4/mL:
- Lo incluido en el inciso b, añadiendo:
- Profilaxis contra Pneumocystis carinii con:
- Dapsona 100 mg., tres veces por semana; o
- Trimetroprim/Sulfametoxazol, una tableta tres veces por semana; o
- Pentamidina 300 mg., nebulizada, cada cuatro semanas
- Profilaxis antimicótica:
- Itraconazol, 200 mg. V. O., cada 24 horas; o
- Fluconazol, 100 mg. V. O., cada 24 horas.
6.12.2.- Los pacientes con síntomas menores, que no reúnan
los criterios del diagnóstico de SIDA, deberán manejarse
de acuerdo con sus problemas específicos; el uso de Zidovudina
y profilaxis, deberá establecerse conforme a la cuenta de linfocitos
CD4, como se señala en el apartado 6.12.1.
6.12.3.- En los pacientes con diagnóstico de SIDA, se seguirán
los siguientes lineamientos:
a) NO se requiere el conteo de linfocitos;
b) Iniciar Zidovudina, a la misma dosis que en el apartado 6.12.1.b;
c) añadir profilaxis contra tuberculosis, P. carinii y hongos,
a las dosis recomendadas en el inciso "c" del apartado 6.12.1;
d) Vigilar biometría hemática, cada cuatro semanas.
6.13.- Dado que existe una estrecha relación entre tuberculosis
y VIH, se deberán establecer diversas acciones encaminadas a prevenir
aquella, a diagnosticarla, y a proporcionar un tratamiento integral a
fin de disminuir las complicaciones secundaria a la asociación
del VIH y la tuberculosis.
6.13.1.- Con relación a la prevención específica
de la tuberculosis se observarán las siguientes recomendaciones:
a) la vacuna BCG está contraindicada en niños y adultos
con SIDA, adultos con infección por VIH y en otras inmunodeficiencias;
b) previamente al inicio de la quimioprofilaxis se deberá descartar
el diagnóstico de tuberculosis activa tanto pulmonar como extrapulmonar;
c) la quimioprofilaxis para tuberculosis se administrará a las
personas infectadas con VIH y a los enfermos de SIDA sin tuberculosis
activa, cuando menos durante un año, sin necesidad de realizar
previamente una prueba de PPD, conforme a las siguientes disposiciones:
- se usará isoniacida a dosis de 10 mg/kg. De peso, sin que se
exceda de 300 mg por día;
- se recomienda realizar examen de transaminasas - aminotransferasas -
de manera periódica, y proceder de acuerdo con los resultados antes
del inicio de la quimioprofilaxis y en forma regular durante su aplicación;
- la isoniacida se manejará de manera autoadministrada, proporcionando
dotación del medicamento cada ocho días; y
- la recomendación para la administración de quimioprofilaxis
con isoniacida es temporal, y está sujeta a los resultados de ensayos
clínicos actualmente en desarrollo que permitan identificar aquellos
sujetos a quienes beneficie en mayor medida la administración de
quimioprofilaxis con isoniacida, debido al riesgo de toxicidad y aparición
de cepas multirresistentes asociadas a su administración.
6.13.2.- Respecto al diagnóstico de tuberculosis, se realizarán
las siguientes acciones:
a) la búsqueda del caso se hará entre las personas que presentan
tos y expectoración;
b) la comprobación del caso de tuberculosis se hará mediante
baciloscopía o, cuando se requiera, por cultivo de tejidos, fluidos
o secreciones de órganos de pacientes con manifestaciones clínicas,
radiológicas y datos epidemiológicos compatibles con la
enfermedad.
6.13.3.- Para establecer un tratamiento adecuado de la tuberculosis en
los pacientes con infección por VIH o con SIDA, se aplicarán
los siguientes criterios:
a) el enfermo con tuberculosis VIH positivo o con SIDA, recibirá
tratamiento bajo estricta supervisión del médico especialista;
b) el esquema de tratamiento es de diez meses y se utilizan los siguientes
medicamentos: rifampicina, isoniacida, pirazinamida y etambutol;
c) el tratamiento consta de dos fases: intensiva de 72 dosis y de sostén
de 56 dosis, según el esquema inserto a continuación:
FASE INTENSIVA: * Diaria, de lunes a sábado, hasta completar 72
dosis, administrando todos los medicamentos del día en una sola
toma:
- Medicamentos separados:
Isoniacida 300 mg
Rifampicina 600 mg
Pirazinamida 1.5 a 2 mg
Etambutol ** 1,200 mg
- Combinación fija Administrar cuatro cápsulas juntas:
Isoniacida 75 mg
Rifampicina 150 mg
Pirazinamida 400 mg
FASE DE SOSTÉN: * Intermitente, dos veces por semana, lunes y jueves,
o martes y viernes, hasta completar 56 dosis, administrando una sola toma:
- Medicamentos separados:
Isoniacida 800 mg
Rifampicina 600 mg
Etambutol ** 2400 mg
- Combinación fija. Administrar cuatro cápsulas juntas:
Isoniacida 200 mg
Rifampicina 150 mg
* En enfermos con peso menor a 50 kgs deberá ajustarse la dosis
de acuerdo al peso.
** El Etambutol puede ser reemplazado por Estreptomicina de 750 mg; en
pacientes de más de 50 años, se administran 500 mg
d) Cuando el enfermo de tuberculosis con coinfección por el VIH
o con SIDA, sea dado de alta, debe continuar la quimioprofilaxis con isoniacida
por lo menos un año, para reducir el riesgo de reactivación
o de infección exógena.
E) El enfermo de tuberculosis con coinfección por el VIH o con
SIDA, que haya recaído o abandonado el tratamiento, será
referido al especialista en neumología o infectología, para
retratamiento en el segundo o tercer niveles de atención.
6.14.- Con relación a las inmunizaciones que deberán utilizarse
en pacientes con VIH/SIDA, se observarán las siguientes recomendaciones:
6.14.1.- En pacientes adultos se aplicará vacuna contra la influenza
en forma anual, vacuna contra neumococo en dosis única, con revacunación
a los siete años; no se aplicará vacuna BCG, vacuna antitifoídica
oral o cualquiera otra vacuna de virus vivos.
6.14.2.- El esquema de inmunizaciones en el niño obedecerá
a su condición clínica:
a) En niños asintomáticos:
- se aplicarán las vacunas DPT, antipolio, anti sarampión
y BCG;
- se pueden aplicar antiparotiditis, antirrubéola y conjugada contra
Haemophilus influenzae tipo b;
-b) En niños sintomáticos:
- se aplicarán las vacunas DPT, antipolio, anti sarampión;
. se pueden aplicar la vacuna conjugada contra Haemophilus influenzae
tipo b, antiparotiditis y anti rubeóla;
- en niños sintomáticos, también se recomienda aplicar
vacuna antineumococcica y contra influenza; y
- no se aplicará la vacuna BCG.
6.15.- El personal de salud y las instituciones encargadas de la atención
del paciente infectado con VIH o que tiene SIDA, observarán los
siguientes lineamientos para garantizar la confidencialidad de la información:
6.15.1.- atender a las disposiciones respecto al carácter legal
y confidencial del expediente clínico;
6.15.2.- establecer las medidas necesarias para asegurar que el manejo
de expedientes clínicos y tramites administrativos de los pacientes
con VIH/SIDA garanticen la confidencialidad de éstos;
6.15.3.- tratar al paciente con VIH/SIDA sin discriminación respecto
a otros enfermos, evitando difundir informaciones sobre su condición
de infectado por el VIH o enfermo con SIDA, entre quienes no tienen que
ver son su atención médica; y
6.15.4 respetar el carácter confidencial del paciente seropositivo
o con SIDA, informando acerca de su estado sólo a quienes éste
proponga.
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7. Concordancia con Normas Internacionales
Esta Norma es técnicamente equivalente a las siguientes Normas:
- World Health Organization paper on "Partner Notification for Preventing
HIV Transmission". Global Programme on AIDS, January 1989. Geneva,
Switzerland.
- World Health Organization "Statement from Consultation on testing
and Counselling for HIV Infection" Global Programme on AIDS, November
1992. Geneve, Switzerland.
- Occupational Safety and Health Administration. OSHA Regulations on Blood
Borne Pathogens. US Department of Labor. Federal Register Dec 1991: 64165-64182.
- MMWR. Recommendations of the Inmunization Practices Advisory Commite
- ACIP - Vol. 37 (43), November 1988.
- World Health Organization. Expanded Programme on Inmunization: Global
Advisory Group. Wkly Epidemiology. Rec. 65: 5-11. 1990.
- MMWR. Definición operacional de caso de SIDA. RR-17. Dic. 18,
1992.
- Global Programme on AIDS. Operation characteristics of commercially
available assay to detect antibodies to HIV-1 and/or HIV-2 in human será.
Report 6 GPA/RES/ DIA/ 93.4, March 1993.
- World Health Organization. Expanded Programme on Inmunization: Global
Advisory Group. Wkly Epidemiology. Rec. 65: 5-11, 1990.
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