Importancia particular de los Acuerdos de San Andrés para recomponer el pacto social
Hacia una nueva relación entre gobernantes y gobernados.
Hacia el fortalecimiento de los derechos colectivos
Junto con los indígenas: a reorientar las prioridades nacionales
En años recientes, las modificaciones constitucionales en México se han realizado en contra de los intereses de la sociedad. Las reformas a los artículos tercero, 27 y a otros artículos se hicieron para limitar o eliminar derechos sociales ya conquistados. En cambio, la conquista de unos acuerdos como los de San Andrés sobre derechos indígenas muestra un camino distinto, democrático, para legislar. El Estado no puede seguir negando la existencia de millones de mexicanos que reivindican la unión con diversidad.
La reforma del Estado que se dio desde el poder y la cúpula de los partidos acabó en una triste reforma electoral que no dejó satisfecho a nadie. Una verdadera reforma del Estado no puede pactarse entre un grupo de dirigentes de los partidos políticos: debe ser producto de los diversos sujetos sociales y actores políticos que con su organización y movilización manifiestan su voluntad de cambio. Una verdadera reforma del Estado se abre paso desde las regiones, desde los diferentes espacios de discusión y organización. Aprobar las modificaciones constitucionales sería el primer acto de una verdadera transición a la democracia de la única manera posible: con la fuerza de la sociedad.
Los Acuerdos de San Andrés fueron firmados en San Andrés Sacamch'en de los Pobres, Chiapas, el 16 de febrero de 1996 entre el Ejército Zapatista de Liberación Nacional y el Gobierno Federal.
Constan de cuatro documentos que contienen compromisos y propuestas conjuntas que el gobierno federal pactó con el Ejército Zapatista de Liberación Nacional para garantizar una nueva relación entre los pueblos indígenas del país, la sociedad y el Estado. Estas propuestas, conjuntas, se enviarían a las cámaras legislativas para que se convirtieran en Reformas Constitucionales. Es decir, el gobierno se comprometió a consultar con el ezln su propuesta de Reformas, por eso se habla de propuestas conjuntas.
El propósito central de estos acuerdos es terminar con la relación de subordinación, desigualdad, discriminación, pobreza, explotación y exclusión política de los pueblos indios.
Para esto, se planteó un nuevo marco jurídico que contemplara el reconocimiento en la Constitución de los derechos de los pueblos indios, es decir, no sólo derechos individuales, de personas, sino derechos colectivos, de pueblos (sean tzeltales, purépechas, nahuas, tarahumaras, huicholes, mixtecos o de cualquier otro pueblo indio que habite dentro del territorio nacional). Los derechos por reconocer son los siguientes:
*políticos: expresados especialmente en el reconocimiento de los gobiernos propios, y de las formas propias de elección de sus autoridades.
*jurídicos: para poder ejercer sus sistemas normativos internos, sus formas de elegir a sus propias autoridades, sus formas de impartir justicia, reparar las faltas y decidir en materia de conflictos internos.
*sociales: para decidir sus propias formas de organización social.
*económicos: para decidir su propia organización para el trabajo, para el disfrute de sus propios recursos y para que se impulse la producción y el empleo y la satisfacción de las necesidades propias de los pueblos indios.
*culturales: para garantizar la cultura propia de los pueblos indígenas.
Los compromisos y propuestas conjuntas que las partes se comprometieron a impulsar son los siguientes:
1. Reconocimiento de los pueblos indígenas en la Constitución y su derecho a la libre determinación en un marco constitucional de autonomía.
2. Ampliar la participación y representación política, el reconocimiento de sus derechos políticos, económicos, sociales y culturales.
3. Garantizar el pleno acceso de los pueblos indios a la justicia del Estado, a la jurisdicción del Estado y el reconocimiento de los sistemas normativos internos de los pueblos indios.
4. Promover las manifestaciones culturales de los pueblos indígenas.
5. Asegurar la educación y la capacitación y aprovechar y respetar sus saberes tradicionales.
6. Satisfacer sus necesidades básicas.
7. Impulsar la producción y el empleo.
8. Proteger a los indígenas migrantes.
Esta nueva relación necesita de una profunda reforma del Estado, un nuevo pacto social en el que se respete la autonomía de los pueblos indios. Para que haya este respeto, toda acción, programa o proyecto de desarrollo que el Estado impulse debe garantizar la participación activa de los pueblos indios, y como tal debe basarse en los siguientes principios:
*libre determinación y autonomía: El Estado no podrá realizar acciones unilaterales y deberá respetar los planteamientos y previsiones de los pueblos, las comunidades y organizaciones indígenas.
*participación: Los pueblos y las comunidades deberán ser sujetos activos en el diseño, la planeación, ejecución y evaluación de los programas y proyectos que se decidan, junto con el gobierno.
*pluralismo: Este principio busca que se respete la diversidad de todos los indígenas del país. Que no exista más discriminación contra nadie.
*integralidad: Esto quiere decir que los programas y acciones del gobierno tienen que abarcar los problemas completos y no intentar resolver sólo parte de ellos. Se busca que los problemas que tienen relación se resuelvan juntos.
*sustentabilidad: Es importante que los proyectos y programas no dañen el medio ambiente ni los recursos de los pueblos indios. Se busca con esto que se respete la naturaleza y la cultura de los pueblos indígenas.
Estos documentos son sumamente importantes en la historia de México. Su importancia, por supuesto, no debe interpretarse únicamente aludiendo a sus contenidos. Por primera vez un ejército rebelde invita a participar en un espacio de diálogo con el gobierno a multitud de representantes de organizaciones y comunidades, a un gran número de especialistas en derechos y cultura indígenas, consensa con estas personas las propuestas que se le exigen a la delegación gubernamental y logra arrancarle al gobierno compromisos expresos que plantean una nueva relación entre el Estado y los pueblos indígenas del país. En lugar de sólo defender sus puntos de vista, los zapatistas convocaron a participar en la negociación, como asesores e invitados, a una amplia gama de dirigentes, académicos e intelectuales, indios y no indios, con arraigo y conocimiento de la problemática. Los zapatistas inauguraron una nueva manera de hacer política: el espacio de negociación con el gobierno se tornó espacio civil de expresión, vínculos, consenso y movilización social.
Aquí surge el germen de una reforma a fondo del Estado mexicano, que apunta a una democratización sustantiva no sólo para los pueblos indios, que no se agota en las formas representativas y electorales que tanto emocionan a quienes suponen que una reforma en los mecanismos y en la transparencia de las elecciones es suficiente para modificar las relaciones de desigualdad imperantes en nuestra sociedad.
El solo hecho de haberse tejido desde abajo, desde la diversidad de visiones, haber convocado tal respuesta solidaria, lograr que una comisión del cuerpo legislativo convirtiera estos acuerdos en una propuesta de reformas constitucionales que igualmente tiene un enorme respaldo popular nacional e internacional, hacen de los Acuerdos de San Andrés y de la Propuesta de Reformas Constitucionales en Materia de Derecho y Cultura Indígenas elaborada por la Comisión de Concordia y Pacificación el 29 de noviembre de 1996, casos paradigmáticos de un quehacer democrático aún pendiente pero en gestación.
Los acuerdos arrancados al gobierno mexicano son el primer paso firme de esa gestación, producto del diagnóstico y la reflexión de un gran número de mexicanos que parecían no existir para el poder. Esto es una enseñanza para otros sectores sociales que buscan democracia, justicia y dignidad. Es también una lección para los profesionales de la política. De asimilarse, servirá para que actúen en función de los intereses de la sociedad.
Las reformas constitucionales e institucionales derivadas de estos acuerdos significarían, llanamente, una modificación sustancial del pacto social, que el Estado debe reflejar con nitidez, modificando leyes y códigos de todo tipo para hacer coherentes los ordenamientos de todo nivel con estas primeras reformas constitucionales. Esto sin duda marcaría un antecedente muy importante para el país en su conjunto. El Poder Legislativo tendría ahora la posibilidad de ponerse a la altura de su responsabilidad histórica.
Estas reformas constitucionales e institucionales apuntarían a una reconstitución de la nación mexicana y una recomposición de las relaciones de poder a favor de los pueblos indios, facilitarían una real descentralización del poder (que no es sólo de carácter administrativo), el fortalecimiento de los municipios y la construcción de representaciones políticas al margen de los partidos con registro.
La libre determinación y la autonomía indígena, que hacen extensiva a otros sectores populares, y construir espacios de decisión y participación directa, pueden abrir un camino de lucha para otros sectores de la población, sobre todo en el terreno de la participación en las políticas públicas, contenidos regionales de la educación, defensa de los campesinos migrantes, participación de las mujeres, ampliación de la autonomía municipal. Los indígenas se colocaron en la avanzada de una serie de conquistas de derechos sociales, lo que propicia que, muy pronto, puedan encontrarse al lado de otros sectores de la población que comparten problemáticas y demandas. El paraguas abierto por los Acuerdos de San Andrés es más amplio que los propios pueblos indígenas. Prueba de ello, y de la disposición de los pueblos indios a hacer propuestas para todos es el siguiente documento, presentado en la sesión del Foro de la Reforma del Estado celebrado en San Cristóbal de las Casas en julio de 1996 que surge directamente de las previsiones contenidas en los Acuerdos de San Andrés:
Reconocemos la necesidad de construir un nuevo proyecto de país que reconozca la pluralidad de los pueblos y culturas que la conforman, que sea absolutamente incluyente. Para lograrlo es necesario un nuevo pacto social que no podrá decretarse: es un proceso, desde la raíz popular y no para nunca, debe construirse y revisarse de continuo.
Reclamamos el derecho a ser actores fundamentales de las decisiones que afectan nuestras vidas, por lo que acordamos impulsar un Estado distinto que corresponda a nuestra idea de justicia, dignidad y prosperidad a partir de una participación no corporativa. El pacto social significa un reordenamiento de toda la vida pública y no sólo una alternancia en el poder. Este nuevo pacto entre los distintos actores sociales ha de plantearse y tejerse, ir articulando las diferentes voces, recoger las propias expresiones políticas y abrir espacios, de lo local y regional a lo nacional.
Propuestas generales
* Un pacto social finca las atribuciones y el ejercicio del poder de los sujetos del pacto y define las que tendrá el Estado. Nosotros exigimos que se haga efectivo el mandar obedeciendo: queremos un gobierno de verdaderos servidores de la sociedad y no uno que decida por el resto.
* Hay que reconocer e impulsar que la democracia no se reduce a lo electoral ni a las decisiones emanadas de asambleas en la democracia directa: es también la participación activa de la población en el diseño, gestión y seguimiento de las políticas públicas.
* Hay que abrir espacios de decisión, en todos los niveles, en los que la población participe activa y permanentemente: estos espacios van desde el ámbito de las políticas macroeconómicas, pasa por el diseño y participación en proyectos, programas, asignación y administración de presupuestos, libertad de asociación y autonomía gremial, autogobiernos comunitarios y la potestad de ejercer formas propias de organización. La instrumentación de proyectos propios, sean económicos, de servicios, educación, salud, desarrollo de conocimiento propio y el ejercicio de medios de comunicación independientes, debe no sólo ser potestad de colectividades de acuerdo a sus propios procesos, sino recibir facilidades y recursos para su ejercicio y continuidad.
* El nuevo Pacto Social deberá reconocer el pluralismo en las formas particulares de impartir justicia y organizarse. Como tal, debe reconocer el pluralismo jurídico y los derechos humanos no sólo individuales sino también colectivos de los pueblos indígenas y los derechos comunales.
* Reconociendo la composición plural del país, se propone que el Estado mexicano se reconforme hacia un régimen que permita y propicie la autonomía de los pueblos indios en los niveles, comunal, municipal y regional.
* Reconocemos que concretar la autonomía de los pueblos indios es el establecimiento de las condiciones fundamentales que abrirán paso a un cambio democrático en otros sectores de la población y posibilitará la construcción de nuevas leyes no coercitivas sino leyes que garanticen más espacio de decisión y participación.
Específicas
Hacemos nuestra la demanda actual del movimiento indígena, exigiendo el reconocimiento y respeto por las instituciones y prácticas autónomas. Es decir, que los pueblos dispongan libremente de sus propios espacios políticos y jurisdiccionales para practicar en ellos su propio modo de vida y de gobierno. Se exige reconocimiento de la autonomía de los pueblos indios para que ejerzan la libre determinación, expresada hoy en los espacios de autogobierno que ya poseen, y la que están conquistando. Esto implica necesariamente la conservación de su tierra y territorio.
Recapitulando, podemos afirmar que de los Acuerdos de San Andrés surgen entonces líneas muy importantes para el quehacer político no sólo de México sino de otros países.
1. En San Andrés se construye una nueva forma de diálogo: con el gobierno y con la sociedad civil . Con el gobierno la negociación fue abierta y de cara a la sociedad. Sólo se llevaron a la negociación las propuestas que contaban con un amplio consenso entre los grupos, organizaciones y personalidades que participaron en el Diálogo
2. San Andrés inaugura nuevos métodos, verdaderamente democráticos, de promover los cambios constitucionales que requiere México. El gobierno se ha negado a aceptar la figura de "iniciativa popular", que debe crear los mecanismos para que los ciudadanos puedan iniciar y proponer leyes al Congreso de la Unión y a las legislaturas locales. Sin embargo, por la vía de los hechos, el movimiento indígena logró crear conciencia nacional sobre la necesidad de las reformas constitucionales; precisó sus propuestas hasta llegar a formulaciones que tuvieran cabida en la Constitución; y junto al EZLN, arrancó al gobierno y a los legisladores -a través de la Comisión de Concordia y Pacificación (Cocopa)-, el compromiso de promover una reforma constitucional de consenso.
3. La lógica zapatista abre un camino para avanzar en la reforma del Estado. En vez de negociaciones ocultas y cupulares, o de foros controlados por las instancias gubernamentales, se va tejiendo consensos desde los diversos espacios locales, y con la participación de todos los sectores involucrados en los problemas.
4. En tiempos en que sólo habían progresado reformas regresivas, y bajo un modelo neoliberal que restringe o cancela los derechos sociales, los Acuerdos de San Andrés amplían y aseguran el reconocimiento de derechos colectivos: para los indígenas, por supuesto, pero que pueden hacerse extensivos para el resto de la población.
5. Siguiendo la consigna zapatista de "mandar obedeciendo" y las tradiciones indígenas que viven la autoridad como un mandato de servicio a la comunidad, y no para los fines personales, los Acuerdos de San Andrés pueden sentar las bases de una nueva relación entre gobernantes y gobernados. La propuesta zapatista es ampliar los derechos ciudadanos y crear nuevos espacios de participación.
6. La instalación de la Comisión de Seguimiento y Verificación, integrada por representantes del EZLN, del gobierno federal y estatal, y por organizaciones y personalidades de la sociedad civil de reconocido prestigio y calidad moral, crearía un espacio fundamental para garantizar el cumplimiento de los acuerdos firmados en San Andrés; aseguraría la participación y la vigilancia de la sociedad y puede convertirse en un espacio de decisión ciudadana de orden nacional.
7. En el Diálogo de San Andrés, el encuentro entre los zapatistas y la sociedad civil creó las condiciones para fortalecer de un movimiento indígena nacional: se crearon nuevas organizaciones regionales, convergieron otras muchas y se amplió el horizonte de lucha. El espacio de negociación con el gobierno -espacio civil de expresión- permitió la construcción de consensos y organización: movilización social.
Las reformas conquistadas por los indígenas son brechas nuevas para que otros sectores de la población reclamen y se apropien de nuevos derechos.
En San Andrés se acordó establecer una nueva relación entre el Estado y los pueblos indígenas, en la que el gobierno federal se comprometió a normar sus acciones de acuerdo con los siguientes principios, ya anotados arriba cuando se resumen los Acuerdos pero que repetimos por su importancia. Sus previsiones no sólo apuntan a reformas constitucionales sino a reformas institucionales que son de vital importancia y a las cuáles el gobierno mexicano se comprometió. Por el momento han quedado soslayadas, por la urgencia de las reformas constitucionales, pero que habrán de hacerse valer en su momento:
Libre determinación y autonomía: el Estado se comprometió a no intervenir unilateralmente en la organización interna ni en los asuntos que competen a los pueblos indígenas en torno al aprovechamiento de sus recursos ni a sus prioridades. Esta previsión obliga al Estado a impulsar el criterio de corresponsabilidad, en los programas, presupuestos y proyectos, lo que se traduce en la necesaria participación de los pueblos indígenas.
Participación: el Estado debe impulsar la participación de los pueblos y comunidades en las acciones institucionales, en el diseño, operación y evaluación, y respetar sus formas de organización interna para fortalecer su capacidad de ser los actores decisivos de su propio desarrollo.
Pluralismo: debe ser política de Estado normar que su acción fomente en la sociedad una orientación pluralista, que combata activamente toda forma de discriminación y corrija las desigualdades económicas y sociales.
Sustentabilidad: asegurar la perduración de la naturaleza y la necesidad de que el Estado, de común acuerdo con los pueblos, impulsar acciones de rehabilitación de los territorios, y contribuir crear las condiciones que aseguren la sustentabilidad de las prácticas de producción y de vida.
Integralidad: señalando que el Estado debe impulsar la acción integral de las instituciones y niveles de gobierno que inciden en la vida de los pueblos, evitando las prácticas parciales que fraccionen las políticas públicas.
A partir de estos principios generales, que debieran hacerse extensivos al conjunto de municipios y comunidades en el campo y las ciudades, los Acuerdos de San Andrés introducen la posibilidad de construir una nueva relación entre gobernantes y gobernados. En los acuerdos se especifica el derecho de los pueblos indígenas a participar en todas las instancias de gobierno, estableciendo la obligación del Estado de garantizar y respetar dichos espacios. Estas conquistas se expresan en tres ámbitos: en la comunidad, en el municipio y en el diseño y aplicación de las políticas públicas.
1. En la comunidad:
En las reformas a la Constitución se otorga a la comunidad el carácter de entidad de derecho público. Esto significa el reconocimiento de la personalidad jurídica de las comunidades no sólo en el terreno agrario, como ha sido hasta ahora, sino que se ampliarán sus competencias y atribuciones.
Esta conquista resulta significativa para todos los municipios, rurales y urbanos, porque sólo las agencias municipales cuentan con un mínimo reconocimiento oficial; ni las colonias ni los barrios urbanos ni los núcleos de población rurales cuentan con ningún tipo de atribuciones ni formas de representación en los ayuntamientos. En la vida diaria, los barrios y los poblados son los ámbitos inmediatos donde los ciudadanos buscan agruparse y actuar para resolver sus problemas; la reconstitución de las comunidades puede convertirse en un primer espacio para reactivar la vida colectiva.
En las reformas se establece que las autoridades quedan obligadas a realizar la transferencia de funciones y recursos a las comunidades, para que ellas mismas administren los recursos públicos que les corresponden. Además, las comunidades deben ser incorporadas en los ayuntamientos, nombrando a sus propios representantes.
El principio de autodesarrollo plantea que las propias comunidades deben determinar sus proyectos y programas. Por ello es necesario incorporar en las legislaciones locales y federales los mecanismos para la participación ciudadana en todos los niveles, para que los proyectos de desarrollo se diseñen tomando en consideración las aspiraciones, necesidades y prioridades de las poblaciones involucradas.
Las comunidades tienen derecho a designar libremente a sus representantes, tanto comunitarios como en los órganos de gobierno municipal, de conformidad con las instituciones y tradiciones de cada pueblo. Se establece, también, el derecho de las comunidades y municipios de asociarse con otras para la unión de esfuerzos y la coordinación de acciones, para optimizar sus recursos, impulsar proyectos de desarrollo regional y promover la defensa de sus intereses.
Si estos derechos conquistados por los indígenas se hicieran valer en los poblados rurales y en los barrios urbanos, serían los ciudadanos quienes ejercieran su derecho a organizarse y a elaborar sus propios proyectos de desarrollo, sin tener que sujetarse a los programas gubernamentales decididos desde el centro y orientados según los caprichos sexenales.
2. En los municipios:
En los acuerdos se reconoce que es necesaria una remunicipalización, para adecuar las demarcaciones territoriales a los procesos sociales y culturales que se han desarrollado en ellas, y se establece que la remunicipalización deberá ser resultado de la consulta a las poblaciones involucradas.
Los municipios indígenas conquistaron el reconocimiento a sus propias formas internas y democráticas de gobierno, como la toma de decisiones en asambleas, el cabildo abierto y la consulta popular. Estas formas resultan especialmente válidas para los municipios campesinos pequeños, donde es necesario desarrollar formas de democracia directa.
Se acordó, además, que los agentes municipales y figuras afines (como jefe de tenencia, comisario municipal, etc.) sean electos por los propios habitantes, y no designados por los presidentes municipales. Los ciudadanos tendrán derecho a remover a sus representantes, en caso de que no cumplan o traicionen la confianza del pueblo.
Los Acuerdos de San Andrés establecen que los ciudadanos deben tener el derecho a desconocer a sus autoridades municipales, y que los Congresos locales deben buscar los mecanismos para hacer respetar esta decisión. Se establece también la necesidad de reconocer el derecho de los ciudadanos a iniciar leyes o decretos, mediante propuestas a los Congresos locales, a través de sus autoridades municipales o por medio de la iniciativa popular. No hay ninguna razón para que estos derechos, que han sido reclamados continuamente en todo el país, se mantengan como exclusivos de los indígenas, sino que deben hacerse extensivos a toda la población.
Es de suma importancia destacar que se acordó legislar sobre los derechos de los pueblos a elegir a sus autoridades sin la necesaria participación de los partidos políticos. En este punto se abre la posibilidad de ganar el reconocimiento de las candidaturas independientes, para el conjunto de los ciudadanos.
También es muy importante la reforma constitucional que plantea que los ayuntamientos le darán participación a los núcleos de población en los planes de desarrollo municipal y sobre todo que se establecerán mecanismos de participación ciudadana para coadyudar con los ayuntamientos en la programación, ejercicio, evaluación y control de los recursos, incluidos los federales, que se destinen al desarrollo social.
Por otra parte, se acordó desarrollar un proceso de descentralización de las facultades, funciones y recursos federales y estatales a los gobiernos municipales.
Se estableció que los municipios tienen el derecho de asociarse libremente entre sí para coordinarse y emprender acciones regionales que optimicen sus esfuerzos y recursos, aumentando así su capacidad de gestión y desarrollo. Las autoridades quedan obligadas a transferir los recursos, para que ellos mismos administren los fondos públicos que les correponden. Esto resulta muy importante tanto para los municipios conurbados como para los rurales, ya que pueden emprender programas de desarrollo o de manejo sustentable de recursos en una escala que rebasa el ámbito municipal.
3. En las políticas públicas:
La nueva relación entre los pueblos indígenas y el Estado debe basarse en los principios de la consulta y acuerdo, y en la descentralización democrática. Por tanto, las políticas, leyes, programas y acciones públicas deben ser consultadas con los pueblos.
El Estado se compromete a sostener el principio de la integralidad y a propiciar la concurrencia de todas las instituciones y niveles de gobierno, evitando las prácticas parciales que fraccionen las políticas públicas. Para asegurar que su acción corresponda a las características de los diversos pueblos, y evitar la imposición de políticas y programas uniformadores, deberá garantizarse la participación ciudadana en todas las fases de la acción pública, incluyendo su concepción, planeación y evaluación.
El Estado se compromete también a llevar a cabo una transferencia de facultades, funciones y recursos a los municipios y comunidades, para que se distribuyan los fondos públicos que se les asignen. Puesto que las políticas públicas no sólo deben ser concebidas con los propios pueblos, sino implementadas con ellos, las actuales instituciones de desarrollo social deben transformarse en otras que conciban y operen conjunta y concertadamente con el Estado los propios pueblos.
Se planteó también el compromiso, por parte de los distintos niveles de gobierno e instituciones del Estado, no intervenir unilateralmente en los asuntos y decisiones de los pueblos y comunidades, en sus organizaciones y formas de representación y en sus estrategias vigentes de aprovechamiento de los recursos.
Los Acuerdos de San Andrés tienen como eje el reconocimiento y el fortalecimiento de los derechos colectivos de los pueblos y comunidades indígenas. Se refieren también a los derechos de sectores específicos de la población, que se pueden hacer extensivos a todo el país. Se trata de derechos particulares de los campesinos, los migrantes, las mujeres y en materia educativa.
1. Los campesinos:
En San Andrés se acordó "legislar para que se garantice la protección a la integridad de las tierras de los grupos indígenas"; y en las reformas constitucionales se estableció el reconocimiento de los derechos colectivos a sus tierras y territorios. Esto resulta relevante, porque va a contracorriente de las tendencias privatizadoras de las tierras ejidales y comunales que se han impuesto en México a raíz de las reformas al artículo 27 Constitucional. Queda pendiente para los indígenas, junto con los campesinos, restablecer el espíritu original del Artículo 27, una demanda expresada insistentemente y que no pudo ganarse.
En materia agraria, los avances más significativos que pueden ser reclamados por los campesinos mestizos se refieren al compromiso del Estado con el desarrollo sustentable.
Se acordó impulsar el reconocimiento en la legislación del derecho de los pueblos y comunidades a recibir la indemnización correspondiente, cuando la explotación de los recursos naturales que el Estado realice ocasione daños en su hábitat que vulneren su reproducción cultural. Para los casos en que el daño ya se hubiera causado, se promoverá el establecimiento de mecanismos de revisión que permitan que de manera conjunta, el Estado y los afectados analicen el caso concreto. En ambos casos, los mecanismos compensatorios buscarán asegurar el desarrollo sustentable de los pueblos y comunidades.
Se establece también la necesidad de reglamentar un orden de preferencia que privilegie a las comunidades en el otorgamiento de concesiones para obtener los beneficios de la explotación y el aprovechamiento de los recursos naturales.
2. Los trabajadores migrantes:
El Estado debe impulsar políticas sociales específicas para proteger a los migrantes, tanto en el territorio nacional como más allá de las fronteras, con acciones institucionales de apoyo al trabajo y educación de las mujeres, y de salud y educación de niños y jóvenes. En las regiones rurales, dichas políticas deberán estar coordinadas en las zonas de aportación y de atracción de jornaleros agrícolas.
3. Las mujeres:
Las mujeres indígenas conquistaron en San Andrés el reconocimiento a su derecho a participar en condiciones de equidad con el varón en todo lo concerniente al gobierno y al desarrollo de los pueblos indígenas, teniendo intervención prioritaria en los proyectos económicos, educativos y de salud que le sean específicos.
4. La educación:
Se acordó que el Estado debe asegurar una educación que respete y aproveche los saberes de los pueblos; y que garantice su participación en la organización y formulación de los contenidos regionales y sobre diversidad cultural, que deberán ser incorporados a los planes y programas de estudio.
Es necesario establecer una nueva relación entre el Estado y los pueblos indígenas. Esta relación, además de basarse en el respeto a su libre determinación, debe partir del reconocimiento y el cumplimiento del compromiso gubernamental de reorientar las políticas públicas para transformar las condiciones de pobreza y marginación que afectan a los pueblos indígenas.
En San Andrés se reconoció que es necesaria una nueva política de Estado, no de coyuntura, y el gobierno se comprometió a desarrollarla en el marco de una profunda reforma del Estado, que impulse acciones para la elevación de los niveles de bienestar, desarrollo y justicia.
Estos compromisos especifican la obligación del Estado de asegurar la educación y capacitación, de tal modo que respeten y aprovechen los saberes indígenas; se amplíe su acceso a la ciencia y la tecnología y se promueva una educación profesional que mejore sus perspectivas de desarrollo; se garantice la capacitación y asistencia técnica que mejore los procesos productivos; y se promueva la capacitación para la organización que eleve la capacidad de gestión de las comunidades.
Se estableció también la obligación del Estado de asegurar la satisfacción de necesidades básicas, garantizando las condiciones que permitan a los pueblos indígenas ocuparse de su alimentación, salud y servicios de vivienda. En esta política social se acordó impulsar programas prioritarios destinados a los niños y las mujeres.
Finalmente, se acordó que el Estado debe impulsar la base económica de los pueblos indígenas con estrategias específicas de desarrollo acordadas con ellos, que contribuyan a generar empleos y mejoren la dotación de servicios.
En lo que se refiere a las políticas sociales, los indígenas lograron imponer al Estado una serie de compromisos que van a contracorriente de las políticas neoliberales. Su cabal cumplimiento supone, entonces, una reorientación de las políticas públicas y una redefinición de las prioridades nacionales. Y esta es una tarea que involucra no sólo a los indígenas sino a toda la sociedad.
En síntesis, y en correspondencia con la previsión de impulsar y fortalecer la libre determinación y la autonomía, el gobierno mexicano se comprometió sobre todo a incluir un criterio de participación y corresponsabilidad en sus acciones. Lo que a todas luces es un freno a las acciones autoritarias de éste.
El gobierno federal no ha cumplido con su palabra empeñada en San Andrés. Sigue sin cumplir con el espíritu y la letra de los Acuerdos de San Andrés y vetó a fines de 1996 la iniciativa de reformas elaborada por la Cocopa. El ezln y el Congreso Nacional Indígena han insistido en que sin el cumplimiento de esta palabra empeñada ningún diálogo es posible porque lo que está en entredicho es la confianza de que tal diálogo arribe a conclusiones verdaderamente comprometidas.
Cuando los pueblos indios exigen Nunca más un México sin nosotros exigen un país que incluya (en todos los niveles y ámbitos de decisión (a todas y todos los que hoy no tienen cabida) y una corresponsabilidad que el gobierno todavía no pretende cumplir.
La guerra o la paz es lo que está en juego en estas reformas. Su aprobación será un dique a todos aquéllos que apuestan por salidas guerreristas a la problemática política y social del país. Mala señal sería que los acuerdos sobre el tema se pospusieran más tiempo. El proceso de paz se entramparía aún más, y la construcción de salidas políticas sería más difícil de lo que ya es.
Las reformas constitucionales son, simultáneamente, una exigencia y una esperanza. Los pueblos indios han abonado con una pesada cuota de sangre la ruta de sus reivindicaciones. Si éstas no se concretan se mandaría una mala señal a los pueblos que han apostado a este camino como una última opción. Por un lado, porque la cerrazón hacia las reformas reforzará la impunidad imperante en muchas regiones. Los caciques y sus pistoleros se sentirán en libertad para volcar más violencia sobre las comunidades. Por el otro, porque las organizaciones indígenas que han transitado por la vía pacífica verán cerrados los caminos legales por los que han estado luchando.
En un momento en que el gobierno mexicano ha apostado a formalizar un tratado de libre comercio con la Unión Europea y a mejorar su imagen internacional, la posposición de las reformas sería leída por la comunidad internacional como un incumplimiento más de los compromisos que ha hecho para mejorar la situación de los pueblos indios, cuya causa ha sido vista con profunda simpatía en muchos países. Ahora además, esto se ve agravado por las graves violaciones a los derechos humanos en las regiones indígenas y por la guerra sucia que está en curso en ellas.
Hasta ahora, la presencia del Ejército Federal en esas regiones no ha frenado la protesta, ni parece que pueda hacerlo. La sustitución de Sedesol por Sedena y la realización de obras sociales por parte de las fuerzas armadas no pueden ocultar el hecho de que el Ejército está siendo utilizado de manera inconstitucional en funciones de policía. Si la militarización y la acción de los paramilitares en las regiones indígenas es en sí misma antidemocrática y violatoria de los derechos humanos más elementales, también desarticula gravemente el tejido social y económico en las regiones y no debe continuar en el marco de una reforma que mandate la libre determinación y la autonomía de los pueblos indios. La presencia militar significa una violación al espíritu y la letra de los Acuerdos de San Andrés y un grave error del gobierno para enfrentar los problemas originados por su negativa a transitar a la democracia y al cambio de su política económica.
Avivar la llama de la inconformidad indígena no aprobando las reformas, descarrilar el proceso de pacificación con el ezln, desfondar el proceso de un diálogo nacional por la paz, no son el camino más adecuado para encarar los graves retos que enfrenta el país. Abortar el proceso de reformas hará surgir los espectros de la violencia y la descomposición política. Es la hora de las definiciones.