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Ecosur 95
Mercosur, medio ambiente y
aspectos transfronterizos
Entre el 16 y el 30 de noviembre se
celebró en Montevideo la IV Conferencia de Medio Ambiente y Aspectos
Transfronterizos Ecosur 95. Organizada por la Dirección Nacional
de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial
y Medio Ambiente de Uruguay, contó con el apoyo de la Red Uruguaya
de Organizaciones No Gubernamentales Ambientalistas.
La Conferencia fue consecuencia de
encuentros anteriores efectuados en Foz de Iguazú, Brasil, en 1992,
Posadas, Argentina, en 1993, y Asunción, Paraguay, en 1994. Sirvió,
sobre todo, como intercambio entre el mundo las visiones de las ONGs y
los funcionarios gubernamentales.
En un temario muy amplio, se incluyeron
el análisis de alguno de los macroproyectos más polémicos
del sistema de integración regional del Cono Sur: la Hidrovía
Paraná-Paraguay, el llamado "eje vial"; el puente Colonia-Buenos
Aires, las grandes obras hidroeléctricas. Otros aspectos fueron
el manejo de ecosistemas compartidos -algunos de gran valor biológico-
como la Cuenca de la Laguna Merín o el Río Cuareim; así
como el papel de las ONGs en el tema ambiental.
Se discutió asimismo en paneles
y talleres la reglamentación y los avances en la implementación
del transporte de materiales peligrosos.
La Conferencia contó con la
presencia de funcionarios y técnicos de los cuatro gobiernos del
Mercosur (Uruguay, Brasil, Argentina y Paraguay), y con la participación
de varias organizaciones ambientalistas del bloque regional, así
como de algunos investigadores de la Universidad de la República
uruguaya. |
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por Vandana
Shiva
Los derechos de propiedad intelectual
relacionados con el comercio (conocidos por su sigla en inglés TRIPs)
del GATT no son el producto de negociaciones. Fueron impuestos por las
compañías trasnacionales a los ciudadanos del mundo mediante
la manipulación de los gobiernos de los países industrializados.
La estructura del acuerdo TRIPs fue
pensada y formulada por IPC (Estados Unidos), Keidanren (Japón),
UNICE (Europa). IPC, o sea el Comité de Propiedad Intelectual, es
una coalición de 13 importantes compañías estadounidenses
dedicadas a la finalización de los TRIPs en el GATT. Los miembros
de IPC son Bristol Myers, Dupont, General Electric, General Motors, Hewlett
Packard, IBM, Johnson & Johnson, Merck, Monsanto, Pfizer, Rockwell
y Warner. Keidanrem es la Federación Japonesa de Organizaciones
Económicas. UNICE es la Unión de Industrias de Europa y es
reconocida como vocera oficial de empresas e industrias europeas.
Estos grupos trabajaron unidos para
introducir la protección de la propiedad intelectual en el GATT.
James Enyart, de Monsanto, al comentar la estrategia de IPC, declara: "Como
ningún grupo ni asociación comercial existente concluyó
de hecho el proyecto, nos vimos obligados a crear un grupo. Una vez creado,
la primera tarea de IPC era repetir el trabajo misionario que habíamos
realizado en Estados Unidos en los primeros días. Esta vez con las
asociaciones industriales de Europa y Japón para convencerlas de
que el código era posible (...) Consultamos a muchos grupos de interés
durante todo el proceso. No fue una tarea fácil, pero el 'Grupo
Trilateral' pudo destilar de las leyes de los países más
avanzados principios fundamentales para proteger toda forma de propiedad
intelectual (...) Además de vender nuestros conceptos en casa fuimos
a Ginebra donde presentamos (nuestro) documento al personal de la Secretaría
del GATT. También aprovechamos la oportunidad para presentárselo
a representantes de muchos países que están trabajando en
Ginebra (...) Lo que les he descrito es absolutamente sin precedentes en
el GATT. La industria identificó un importante problema del comercio
internacional. Elaboró una solución, la redujo a una propuesta
concreta y la vendió a sus propios gobiernos y a otros (...) La
industria y los operadores del comercio mundial han hecho simultáneamente
el papel de pacientes, médico de diagnóstico y médico
que receta".
Usurpación
Esta usurpación de todas las
funciones de los derechos de diversos grupos sociales por parte de capitales
comerciales es la que ha llevado a desplazar de la sustancia del acuerdo
TRIPs intereses éticos, ecológicos y sociales. Los TRIPs
no son el resultado de negociaciones democráticas entre los más
amplios intereses públicos y los intereses comerciales o entre países
industrializados y el Tercer Mundo: son la imposición de valores
e intereses de las trasnacionales del Norte sobre diversas sociedades y
culturas del mundo.
Antes de la Ronda Uruguay, los derechos
de propiedad intelectual no estaban dentro del GATT. Cada país tenía
su propia legislación en la materia para adecuarse a sus condiciones
éticas y socioeconómicas. El principal empuje por la internacionalización
de las leyes de propiedad intelectual fue dado por las trasnacionales.
Pese a que los derechos de propiedad intelectual no constituyen un derecho
natural sino legal, las trasnacionales han naturalizado este derecho y
han utilizado al GATT para proteger lo que han definido como sus "derechos"
en su carácter de "dueños" de la "propiedad intelectual".
En el documento de la industria de
1988 sobre el Marco Básico de Disposiciones GATT sobre Propiedad
Intelectual, autorizado por IPC, Keidanren y UNICE, se manifestaba: "Como
los sistemas de protección de la propiedad intelectual difieren,
los dueños de los derechos de propiedad intelectual gastan tiempo
y recursos desproporcionados para adquirir y defender los derechos. Estos
dueños también encuentran que el ejercicio de los derechos
de propiedad intelectual es obstaculizado por leyes y reglamentaciones
que limitan el acceso al mercado o la posibilidad de repatriar los beneficios".
La Ley de Patentes de la India de 1970
no permite que se patenten productos farmacéuticos ni agroquímicos.
El Proyecto de (enmienda de) Patentes, que sin embargo no fue aprobado
por el Parlamento de la India, permite solicitar patentes que otorguen
los derechos exclusivos de comercialización. Este impulso a las
patentes de productos está claramente expresado en el documento
marco de las trasnacionales.
Algunos países brindan protección
a servicios mecánicos y eléctricos pero niegan la protección
de sustancias. En el caso de los productos químicos, farmacéuticos
y agroquímicos, por ejemplo, algunos países permiten solamente
una patente para un proceso específico de elaboración de
un producto, mientras que otros brindan protección al producto solamente
cuando se realiza por ese proceso (producción de "producto por proceso").
Las sustancias químicas, sin embargo, casi siempre pueden ser elaboradas
en una variedad de formas y rara vez es viable patentar todas las rutas.
En los casos en que la invención radica en una nueva sustancia química
valiosa, la patente del proceso es por lo tanto simplemente una invitación
a imitadores a elaborar una sustancia química por otra ruta, generalmente
un ejercicio relativamente directo para un químico competente.
"Discriminación"
En forma similar, la ley de 1970 tiene
cláusulas rigurosas sobre el otorgamiento obligatorio de licencias
a efectos de asegurar que los derechos fundamentales del público
a la alimentación y a los medicamentos no sean discriminados como
consecuencia del afán de lucro. Las trasnacionales., sin embargo,
definen esta protección del interés público como una
"discriminación". Afirman: "El otorgamiento de un derecho exclusivo
es un elemento esencial de un efectivo régimen de patentes. No obstante,
algunos países someten las patentes de un campo particular al otorgamiento
compulsivo de licencias ante la solicitud de terceros (...) Los medicamentos
y algunas veces los productos agroquímicos son el blanco particular
de esta forma de discriminación. Esto desemboca en daño indebido
a los derechos de su dueño". (Marco Fundamental de Disposiciones
GATT sobre Propiedad Intelectual. Declaración de opiniones de círculos
empresariales europeos, japoneses y estadounidenses, junio de 1988).
Desde el punto de vista de las trasnacionales,
el daño causado por los derechos exclusivos de comercialización
y los monopolios a los derechos humanos fundamentales de los ciudadanos
no tiene consecuencias. Las trasnacionales definen todos los elementos
de interés público de los regímenes de derechos de
propiedad intelectual como requisitos laborales y licencias compulsivas
como un "abuso". Según ellos, la realidad comercial debería
ser la única consideración. Los límites éticos
y los imperativos sociales y económicos son meras barreras y distorsiones
a su expansión comercial.
Las dimensiones éticas de las
patentes surgen del hecho de que ante la influencia parcializada de las
trasnacionales, las formas de vida han sido incorporadas como objeto de
patentabilidad. Como la mayoría de las compañías de
IPC tienen capitales en el campo de la química, productos farmacéuticos,
agroquímica y nuevas biotecnologías, IPC reclamó la
inclusión de organismos biológicos en la protección
de patentes.
Tal como se manifestaba en el Marco
Básico de Disposiciones sobre Propiedad Intelectual, "la biotecnología,
el uso de microorganismos para fabricar productos, representa un campo
conectado en el cual la protección de patente no ha acompañado
el ritmo de los rápidos progresos de la salud, la agricultura, la
eliminación de residuos y la industria. Los productos de la biotecnología
comprenden la creación de bloques para hacer genes, hibridonas,
anticuerpos monoclonales, enzimas, productos químicos, microorganismos
y plantas. Pese a que la biotecnología ha atraído la atención
generalizada, muchos países controlan la protección efectiva
de patentes necesarias para justificar la inversión en investigación
y desarrollo. Esa protección debería ser costeada tanto por
los procesos como por los productos biotecnológicos -incluidos,
microorganismos, partes de microorganismos (plásmido y otros vectoriales)
y plantas-." (Marco Básico).
La cuestión de la patentabilidad
de la vida no es un tema meramente relacionado con el comercio; es en primer
lugar una cuestión ética y ecológica: un asunto íntimamente
vinculado a la justicia social. No puede ser resuelto por las compañías
mundiales en nombre de la sociedad operando meramente con un imperativo
de expansión de sus mercados y monopolios. Estas compañías
han presionado por proteger la propiedad intelectual en el GATT "para evitar
las grandes pérdidas de la industria en todo el mundo debido a la
inadecuada e ineficaz protección nacional de la propiedad intelectual".
El Tercer Mundo ha acusado en repetidas
oportunidades a los países industrializados de "piratería".
En 1986 una investigación de compañías norteamericanas
manifestó que ellas pierden 23.800 millones de dólares debido
a la inadecuada e ineficaz protección de la propiedad intelectual.
La industria agroquímica estadounidense estima que pierde más
de 200 millones de dólares de ventas por año por la inadecuada
e ineficaz protección de patentes. La industria farmacéutica
estadounidense dice perder 2.545 millones de dólares.
Cambio de roles
Ellos no evalúan la magnitud
de las pérdidas del Tercer Mundo debido a que consideran los "biorrecursos"
y el conocimiento del Tercer Mundo como su "propiedad intelectual" como
en el caso de las patentes del nim (neem) y las patentes de microorganismos,
medicamentos y semillas a base de plantas (ver nota aparte). Como lo demostrara
el RAFI (Rural Advancement Foundation International), si se tomara en cuenta
el aporte de la biodiversidad del Tercer Mundo y la innovación de
campesinos y pueblos tribales, se revertirían asombrosamente los
roles del pirata. Resulta entonces que Estados Unidos debe a los países
del Tercer Mundo 202 millones de dólares de regalías en agricultura
y 5.097 millones de dólares en productos farmacéuticos.
Irónicamente, las compañías
que acusan al Tercer Mundo de piratería y crearon los TRIPs para
detenerla, participan de la piratería de la riqueza biológica
y del patrimonio intelectual del Tercer Mundo a gran escala. Así
Pfizer, Bristol Myers y Merck -que integran el IPC, responsable de haber
iniciado e introducido con éxito los derechos de propiedad intelectual
en el GATT- tienen numerosas patentes sobre "biomateriales" sustraídos
del Tercer Mundo sin permiso y sin haber pagado regalías a los dueños
originales de ese material biológico.
Vandana Shiva, científica, escritora y asesora
en temas de Ciencia y Medio Ambiente de la Red del Tercer Mundo, participa
activamente en los movimientos ecologistas y feministas de la India.
BIOPROSPECCIÓN Y BIOPIRATERÍA
COMPAÑÍAS, INSTITUCIONES
E INTERMEDIARIOS
| Compañía,
organización y/o intermediario |
¿Qué
recolectan? |
Lugar geográfico |
Uso de conocimientos,
pueblos o territorios indígenas |
| Amrad Corp.
(Australia) |
Medicamentos
de la flora autóctona australiana, microbios y muestras del suelo
de las islas Bathhurst y Melville |
Australia,
Sureste asiático |
Apunta a plantas
medicinales utilizadas por pueblos indígenas australianos .Complejos
Wantsb antivirales, inmunomoduladores y anticancerígenos |
| Bristol-Myers
Squibb (EUA) |
Plantas de
bosques húmedos con propiedades medicinales, especialmente ancistrociadus
(fuente de agente anti-VIH) y agentes contra la malaria |
Camerún
(bosques Korup) y Nigeria (bosques pluviales de Oban) |
Información
etnobotánica de prácticas médicas tradicionales a
ser utilizadas para priorizar la recolección de plantas. |
| Ecosciencie
Corp. (EUA) |
Análisis
de muestras de suelo en busca de variedades de hongos a ser utilizadas
en el control de plagas |
China |
|
| International
Plant Medicine Corporation (EUA) |
Plantas medicinales
amazónicas |
Ecuador |
Apunta al conocimiento
indígena de plantas medicinales, busca obtener el conocimiento vegetal
Tagaeri |
| Ix Chel Tropical
Research
Foundation (Belice) |
Plantas |
Belice |
Muestras de
exportación de plantas identificadas por curadores tradicionales.
Ha exportado 1.500 de esas plantas |
| Maxus Ecuador,
Inc. (parte de
Maxus Petroleum- EUA)
propiedad de YPF-Argentina |
1.200 especies
vegetales reunidas;18 nuevas para el mundo científico, 200 nuevas
especies de Ecuador |
Amazonia ecuatoriana |
Recolección
de plantas e inventario en el parque nacional Yasuni y en la reserva étnica
Waorani |
| Merck and Co
(EUA) |
Hongos, microbios,
organismos marinos, plantas |
América
Latina |
Conocimiento
indígena de Urueu-wau-wau de Brasil, tiene la patente del anticoagulante
derivado de su material vegetal. |
| Monsanto Corporation
(EUA) |
Plantas |
Amazonia peruana |
Se centra exclusivamente
en las plantas medicinales de pueblos indígenas |
| Sabinsa Corp.
(EUA) |
Plantas |
India |
Se centra en
plantas con usos medicinales consolidados en las culturas de la India |
| Shaman Pharmaceuticals
(EUA) |
Plantas para
la elaboración de medicamentos |
América
Latina, Africa, Asia |
La estrategia
de Shaman es identificar plantas prometedoras utilizando conocimiento indígena;
los curadores tradicionales son los informantes primarios. Shaman posee
la institución sin fines de lucro Healing Forest Conservancy para
facilitar la afluencia recíproca de beneficios y conservación
del respaldo. |
La lista
que antecede fue extractada de una lista más extensa de compañías
e instituciones de bioprospección publicada en el Communiqué
RAFI de setiembre/octubre.
La dirección de la oficina
de RAFI International es:
Suite 504 -71 Bank St., Ottawa,
Ontario K1P5N2, Canadá;
Fax: 613-567-6884;
Correo electrónico: rafican@web.apc.org. |
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